Retirada de carnet por alcoholemia segunda vez

Delito alcoholemia

By JR Abogados

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Si en el pasado un juez te condenó por un delito de alcoholemia, te quitaron el carnet. Quizá 8 meses, quizá un año, o quizá más. También te condenaron a pagar una multa.

Esa sentencia condenatoria te generó automáticamente antecedentes penales.

Como sabes, los antecedentes se cancelan por el paso del tiempo (también puedes pedir la cancelación al juzgado).

Pero si no estan cancelados y te pillan conduciendo ebrio de nuevo, tenemos un problema más grave que la primera vez. Eres reincidente penalmente hablando y la pena que va a solicitar el fiscal va a ser mayor que la anterior.

Enfrentarse a una segunda retirada del permiso de conducir sitúa al investigado en una posición de vulnerabilidad extrema ante el tribunal. Al tratarse de una conducta reiterada, el Ministerio Fiscal suele aplicar el agravante de reincidencia en alcoholemia, lo que elimina cualquier posibilidad de obtener las penas mínimas previstas en el código. En este escenario, las penas por alcoholemia pueden incluir no solo una privación del carnet mucho más prolongada (que puede llegar a los cuatro años), sino también la imposición de trabajos en beneficio de la comunidad o, en los casos más graves, penas de prisión. Es imperativo que la defensa analice si los antecedentes anteriores son computables o si pueden ser cancelados antes de la celebración del juicio.

Por tanto, para que seas reincidente debes cometer el mismo delito, en este caso, conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas del artículo 379.2 del Código Penal.

Ya sabes que tiene una doble pena pero la que más duele es la de quedarse sin carnet.

Lo recordamos, este delito se castiga con esta pena:

Bien, en estos casos, hay que saber la pena que te impusieron y la fecha de la sentencia.

Con esa información podremos saber si tienes los antecedente cancelados.

No obstante, en el juzgado de instrucción, pedirán una hoja histórico penal, donde saldrán tus antecedentes y el fiscal, podrá entonces pedir una pena u otra.

No obstante, ni a los fiscales ni a los jueces les hace mucha «gracia» ver que el investigado ya fue condenado por un delito similar, aunque estuvieran cancelados los antecedentes penales.

JR Abogados en Cadena Cope

Ahora bien, no es lo mismo que te imputen un delito contra la seguridad vial porque te pillaron en un control de alcoholemia, que sea como consecuencia de una accidente de circulación.

Por tanto, si hay un accidente hay que ver qué tipo de accidente y que consecuencias ha tenido.

Como sabes, el delito de alcoholemia es un delito de peligro, eso quiere decir, que se ha puesto en peligro a otros conductores de forma irresponsable.

Pero si hay un siniestro, éste puede ser con daños materirales, o con daños humanos, es decir, con lesionados o incluso con fallecidos.

Si hay fallecidos, la condena a prisión está a la vuelta de la esquina.

Si hay lesionados, será el forense quien determine el grado de las mismas para luego, calcular las indemnizaciones.

Si hay daños materiales, habrá que peritarlos y pagarlos.

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En caso de haber lesionados o fallecidos, te imputarán no uno, sino más delitos, tantos como lesionados o muertes se produzcan.

Los delitos de lesiones, si son graves están castigados muy duramente en el Código Penal, en el caso de amputaciones de miembros pueden llegar a los 12 años de prisión.

Si hay fallecidos, será un homicilio imprudente (por ahora pues están tratando de reformar el Código Penal para que estos homicidios sean dolosos y aumentar la pena).

Si solo hay daños, no te imputan un delito de daños sino que te responsabilizan de pagarlos.

Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión

Hay mucha sensibilidad por parte de los juzgados con este tipo de delitos.

Salen a menudo en la televisión y generan mucha alarma social, tanto es así, que muchos fiscales solicitan penas de prisión sin ni tan siquiera ser reincidente o producirse un accidente como ves en el escrito real que exponemos a continuación.

Por tanto, se recomienda contar con una buena defensa legal.

La pena mínima por el delito de alcoholemia con reincidencia que te va a pedir el fiscal son 2 años y 6 meses de retirada del permiso de circulación.

Si te conformas con los hechos, los reconoces y, por tanto, te declaras culpable, te hará una «rebaja» de un tercio y se te quedará en 20 meses.

Con eso, tu carnet no perderá la vigencia, es decir, no tendrás que volver a sacártelo de nuevo en la autoescuela.

Lo que dicen los clientes de JR Abogados

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4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
hace 5 años
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
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Sarita Garcia
hace 6 años
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.
Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
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Javier Alber
hace 6 años
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
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Doris Gonzalez
hace 6 años
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el cliente
José Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su labor
Lo recomiendo excelente persona
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Guillermo May Morante
hace 6 años
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.

José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.

Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.

No le doy 6 estrellas porque no se puede.
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Mauricio Odovaine
hace 6 años
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
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Manuel Martos
hace 6 años
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
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Enrique Sanjose Hernandez
hace 6 años
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
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Juan Jose Gonzalez
hace 6 años
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
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María del Carmen Zarzosa Diez
hace 6 años
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.
El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.
Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.

Sin duda recomendable.
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Juan José Gámiz Cadenas
hace 6 años
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
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Pablo Gil
hace 6 años
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas

No te quitarán un tercio de las indemnizaciones a pagar.

Se abonarán íntegramente por tu seguro que, como sabes es el responsable civil directo.

El abogado de tu seguro estará en el juicio.

Debes saber que si el accidente es de consideración, no se tramitarán unas diligencias urgentes por juicio rápido, sino que se incoarán diligencias previas.

Estoy significa que la primera citación que tendrás será una declaración, y, ese día no te quitarán el carnet.

Es muy importante que esta vez la tasa de alcohol no sea muy elevada.

Es más fácil proponer una defensa, pues en los atestados policiales suele haber errores. Solamente hay que buscarlos, nosotros sabemos dónde están.

Una tasa de más de 0,80 mg/l en aire espirado es una tasa alta, bastante alta.

Una tasa de 0,64 mg/l en aire espirado tiene posibilidades de defensa por varios motivos.


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Resumen
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Tipo de servicio
juicio rapido alcoholemia
Nombre del proveedor
JR Abogados,
calle velazquez 27, 1º izda,Madrid,Madrid-28001,
Telephone No.911289985
Area
Madrid
Descripción
Defensa penal juicio alcoholemia con reincidencia
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