Me han pillado en un control de alcoholemia

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By jfelipec

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Me pillaron en un control de alcoholemia

Unas veces de forma aleatoria y otras no, cada día la policía y la Guardia Civil establecen controles de alcoholemia en las carreteras.

Si es un fin de semana, son puntos estratégicos como a la salida de las discotecas o en las afueras de los pueblos que celebran sus fiestas.

Entre diario pueden ponerse en cualquier parte.

Si te dan el alto debes parar y aunque hayas bebido te aconsejo soplar, ahora te explicaré por qué debes hacerlo.

Negarse a soplar

Si el agente se acerca con el etilómetro para que soples, debes hacerlo, pues en caso contrario van a imputarte un delito por negativa a realizar la prueba de alcoholemia.

En este delito las penas de prisión aumentan hasta el año de cárcel mientras que si “solo” das positivo, serán de hasta 6 meses de cárcel.

Pero eso no es todo, si te niegas, la policía te hará bajar del coche para comprobar tus síntomas y lo reflejarán en el atestado policial

Si los síntomas son, por ejemplo, habla pastosa, cara enrojecida, andar deambulante, halitosis, repetición de frases… esa por si sola será la prueba que te puede condenar en el juicio por alcoholemia.

Por tanto te pueden imputar 2 delitos, uno por negarte a soplar y otro por conducir bajo los efectos del alcohol.

La tasa de alcohol en aire espirado

Te van a hacer soplar dos o tres veces.

Quizá la primera sea con un etilómetro de aproximación, pero la segunda y la tercera no.

Deben pasar 10 minutos entre que soplas la primera y la segunda vez.

El límite legal es 0,60 mg/l en aire espirado.

Si superas esa tasa de alcohol te imputarán un delito contra la seguridad vial del artículo 379.2 CP

Sin no lo superas, pero das más de 0,40 mg/l en aire espirado también lo harán.

¿Por qué? Legalmente si superas los 0,60 conduces bajo la influencia del alcohol, pero si das por debajo de esa cantidad y superas los 0,40, puedes estar “influenciado” por el alcohol y tendrás que demostrar en el juicio que no lo estabas.

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Las pruebas que pueden condenarte

En un juicio por alcoholemia dos son las pruebas fundamentales que pueden condenarte.

  1. El ticket del etilómetro con tu tasa de alcohol superando el límite legal.
  2. La sintomatología que los agentes pongan en el atestado.

Ten en cuenta que no hacen falta que se den las dos, con una bastará para que el Juez te condene.

El atestado policial

El atestado policial servirá al Fiscal para formular su escrito de acusación contra ti.

Es de vital importancia que tu abogado lo examine pues en él estará seguramente tu absolución o tu condena.

Ese atestado en los juzgados de Plaza de Castilla de Madrid no lo proporcionan hasta el mismo día del jucio (no pasa lo mismo en otros juzgados de la capital madrileña).

Una vez que tu letrado lo examine podrá valorar la estrategia a seguir y optar por luchar una absolución o bien negociar una rebaja de condena con el Fiscal.

La conformidad

La ley “premia” a los conductores que reconocen los hechos, es decir, que admiten que conducían habiendo bebido alcohol, con una rebaja en su condena de un tercio.

Esa negociación la tiene que llevar tu abogado directamente con el Fiscal.

Se reunirá con él y éste le dirá lo que pide de pena para ti.

Se negociarán los términos de la condena en función de las circunstancias del caso, si hubo un accidente o fue un control de alcoholemia, si tienes hijos, si eras o no reincidente, de la tasa de alcohol que diste…

Una vez salga de la reunión tu abogado hablará contigo para exponerte la situación y ver qué decisión tomar.

Tu abogado debe asesorarte pero la decisión final la tienes que tomar tu.

Los antecedentes penales

Si acabas siendo condenado te van a quedar antecedentes penales.

Eso significa que si te pillan conduciendo de nuevo bajo los efectos del alcohol tendrás que volver al juzgado y esta vez la condena será más dura.

Podrás cancelar tus antecedentes penales una vez cumplas tu condena, a los 2 años, tu abogado podrá cancelártelos.

Castigo penal

El artículo 379.2 del Código Penal establece las penas por alcoholemia.

Para empezar siempre te van a quitar el permiso de conducir de 1 a 4 años.

Despues te pondrán una de estas tres condenas:

  1. Prisión de 3 a 6 meses (si te niegas a soplar recuerda que va de 6 a 12 meses de cárcel).
  2. Multa de 6 a 12 meses
  3. Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
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Reincidencia en delito de alcoholemia

Si vuelves a conducir sin poder hacerlo, es decir, sin haber cumplido tu condena, aunque no hayas bebido te condenarán por conducir sin permiso.

Además te imputarán un delito de quebrantamiento de condena castigado con hasta 24 meses de multa.

Una multa muy considerable.

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