Indice
Qué es el atestado policial
El atestado policial es una denuncia de la policía o de la guardia civil.
En este documento los agentes de la autoridad reflejan las diligencias que han realizado para investigar quién, cómo y cuándo ha realidado un delito; en este caso un delito contra la seguridad vial.
Los agentes están obligados a seguir a rajatabla la ley para la averiguación de los posibles delitos, en caso contrario, si se demuestra, esas pruebas serán declaradas nulas en el Juzgado.
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Qué contiene el atestado
En el atestado incluyen todas sus averiguaciones, fotografías, declaraciones de testigos, informes de lo sucedido con el objetivo de facilitarle al Juzgado y al Fiscal, las pruebas de cargo suficientes para, en su caso, condenar al supuesto infractor.
Los tickets de alcoholemia
La principal prueba de cargo que existe contra el conductor será la tasa de alcohol que habrá dado en el etilómetro.
Como saben, si supera los 0,60 se considera delito del artículo 379.2 del Código Penal.
Aquí tiene un ejemplo de ticket con la tasa de alcohol
Cuando se inicia un atestado
El atestado puede abrirse en estos tres supuestos.
- Por la Policía o la Guardia Civil, a conocer que se ha producido un delito.
- Porque un ciudadano ha presentado una denuncia
- Por las investigaciones del Ministerio Fiscal
Quién firma los atestados policiales
El atestado los deben firmar siempre los policías o guardias civiles que lo han redactado.
Deben llevarlo al Juzgado y a la Fiscalía en cuanto hayan concluido sus averiguaciones.






¿Puedo ver el atestado policial?
No es posible ver el atestado policial mientras la policía o la guardia civil lo están elaborando, en cambio, cuando se encuentre en el Juzgado si se podrá a través de su abogado.
No obstante, los agentes pueden requerir a algún testigo o investigado para tomarle declaración en dependencias policiales, o bien para ampliar una declaración prestada o para que aporte documentos.
En los atestados que se abren como consecuencia de un control de alcoholemia, el plazo para enviarlo al Juzgado es muy corto, pues hay pocas diligencias.
En los casos donde se ha producido un accidente con heridos, fallecidos o daños materiales considerables, pueden pasar varias semanas.
Cuando el atestado policial llega al Juzgado, usted sí podrá tener acceso al atestado a través de su letrado.
Una vez en el Juzgado de Instrucción éste actúa de oficio, y pedirá que declaren las partes intervinientes, responsables civiles (dueños de los coches y aseguradoras), a los testigos presenciales, pedirá los informes forenses para ver qué lesiones se han producido…
Si usted ha sido perjudicado por un accidente, puede personarse como Acusación Particular, y formar parte del proceso penal para poder reclamar lo que usted considere. Tiene 6 meses para hacerlo, si no lo hace, solo podrá usar la vía civil.
