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Qué es el delito de alcoholemia
El delito de alcoholemia está contemplado en el código penal en su artículo 379.2.
Todo conductor que supere la tasa de alcohol en 0,60 mg/l en aire espirado o bien 1,2 gr/l en sangre será condenado a:
Prisión de tres a seis meses o
Multa de 6 a 12 meses o
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y,
retirada del permiso de circulación de 1 a 4 años.
Es decir, el juez tiene 3 opciones que puede utilizar a su libre albedrío, o bien prisión, o multa o trabajos, y a esas tres opciones SIEMPRE le añade la retirada del permiso de circulación, y esa retirada la puede imponer como mímino 1 año y como máximo 4 años.
Suele ser normal que el fiscal a los conductores que no son reincidentes ni tienen antecedentes penales solo les pida la retirada por un año. (Vea aquí como se cancelan los antecedentes penales), sobre todo si han “caído” en un control de alcoholemia.
Las tasas inferiores son sanciones administrativas, es decir multas, aunque la policía y la guardia civil, con tasas superiores a 0,40 mg/l en aire espirado, imputan este delito si el conductor muestra signos de estar bajo los efectos del alcohol.
Que pena tiene
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia
Si le han parado en un control de alcoholemia, lo mejor, aunque sepa que va a dar positivo porque ha estado bebiendo, es soplar. Siempre es la mejor opción.
Si no lo hace le imputarán un delito de desobediencia del artículo 383 del Código Penal cuyas penas de prisión son más elevadas.
Veamos un ejemplo, si el paran en un control, usted sopla y supera la tasa de alcohol permitida, como máximo le pueden caer seis meses de prisión.
En cambio, si se niega a soplar por el etilómetro, aunque haya soplado la primera vez, le podrán caer no seis meses sino un año de prisión.

El juicio por dar positivo en alcoholemia
Si ha dado positivo en alcoholemia, los agentes elaboran un atestado policial que envían al juzgado de guardia, si es en Madrid capital será en los juzgados de Plaza Castilla.
Una vez reciban el atestado, le enviarán una citación para que acuda con un abogado (para este juicio no va a necesitar procurador), posiblemente para la celebración de un juicio rápido por alcoholemia.
En este juicio rápido usted tiene dos opciones:
- Reconocer los hechos y conformarse con la pena solicitada por el Fiscal.
- No reconocer los hechos, en cuyo caso, el juzgado de guardia, una vez practicadas las diligencias pertinentes, remitirá los autos a un juzgado penal.
Cuánto me cuesta un juicio por alcoholemia
Los honorarios por un juicio de alcoholemia vendrán determinados por la labor a realizar por el abogado penalista.
Habrá que saber si hay heridos o daños materiales, si hay conformidad o no la hay.

