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Cuándo te citará el Juzgado por un juicio por alcoholemia en Madrid
Si un juzgado penal te ha citado para la celebración de juicio rápido por alcoholemia significa que en un control preventivo o por consecuencia de un accidente de circulación, al soplar por el etilómetro has superado la tasa de alcohol que, según el artículo 372.2 del CP se establece en 0,60 miligramos por litro en aire espirado o bien 1,2 por litro en sangre.
Si te niegas a soplar, también será delito, y la pena de prisión puede subir hasta 1 año.
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Consejos para afrontar un juicio por alcoholemia en madrid
Afrontar un juicio por alcoholemia en Madrid, o en cualquier otro lugar, puede ser estresante y complicado. Aquí tienes algunos consejos que pueden ayudarte en este proceso:
Consulta a un abogado especializado en alcoholemia: Lo primero y más importante es buscar asesoramiento legal de un abogado especializado en casos de alcoholemia. Un abogado con experiencia en este tipo de casos puede guiarte a través del proceso legal y defender tus derechos de manera efectiva.
Comprende tus derechos: Familiarízate con tus derechos legales y no admitas culpa sin consultar a tu abogado. Tienes derecho a guardar silencio y a no autoincriminarte. Cualquier declaración que hagas puede ser utilizada en tu contra.
Recopila pruebas: Junto con tu abogado, reúne evidencia que pueda respaldar tu caso. Esto podría incluir pruebas sobre el control de alcoholemia, posibles irregularidades en el proceso, testigos, y cualquier otra información relevante.
Revisa los procedimientos policiales: Tu abogado deberá revisar si los procedimientos policiales durante la detención, la prueba de alcoholemia y la detención cumplen con la normativa legal. Si se detectan irregularidades, esto puede ser útil para tu defensa.
Prepara tu testimonio: Trabaja con tu abogado para preparar tu testimonio de manera clara y consistente. Evita proporcionar información innecesaria o contradictoria durante el juicio.
Asiste a todas las citas y audiencias: Asegúrate de asistir puntualmente a todas las citas y audiencias judiciales relacionadas con tu caso. El incumplimiento de las citas puede tener consecuencias negativas.
Considera un acuerdo (conformidad): En algunos casos, puede ser beneficioso negociar un acuerdo con la fiscalía, como una reducción de cargos o penas más leves. Tu abogado puede asesorarte sobre la conveniencia de llegar a un acuerdo.
Prepárate para las consecuencias: Si el juicio resulta en una condena, es importante estar preparado para las consecuencias legales, como la pérdida de puntos en el carné de conducir, multas, sanciones y, posiblemente, la suspensión de la licencia de conducir. Asegúrate de cumplir con todas las condiciones impuestas por el tribunal.
La inmensa mayoría son ciudadanos normales
La inmensa mayoría de nuestros clientes son ciudadanos normales, no son delincuentes y, en muchos casos, jamás han tenido problemas con la justicia.
No obstante, la preocupación y la angustia que les genera haber sido citados por un juzgado penal hace que al espera se haga interminable.
Para todos ellos/as, tranquilidad, en la mayoría de las ocasiones solucionamos sus problemas con el mínimo coste posible o incluso, con la absolución, dependiendo de cada caso concreto.
Lo que verdaderamente nos preocupa en un delito por alcohlemia o drogas es:
- La reincidencia, es decir, si tienes antecedentes penales.
- Si se produjo un accidente con daños, lesionados o fallecidos.
- La tasa de alcohol que diste, pues a partir de 0,80 el proceso se puede complicar, pues según la tasa, algunos fiscales pasan a pedir directamente prisisión, aunque te pararan en un control de alcoholemia.
- Si hay, además del delito de alcoholemia o drogas del artículo 379.2 del Código Penal, otros delitos como pueden ser:
- Negativa a soplar en la prueba de alcoholemia
- Conducir con el carnet retirado o sin puntos
- Darte a la fuga del lugar de los hechos
- Exceso de velocidad
- Conducción temeraria
- Atentado contra los agentes de autoridad
- Delito de lesiones
- Delito de homicidio imprudente.
En estos casos, hay que tener sumo cuidado y contar con un abogado especialista en delitos de tráfico
Escrito de acusación del fiscal pidiendo prisión
Adjuntamos abajo escrito de acusación del fiscal solicitando pena de prisión para uno de nuestros clientes sin ser reincidente y sin haber ocurrido ningún siniestro.
JR Abogados en radio - Delitos de alcoholemia
Abajo podrás escuchar al letrado, José Ramón Felipe Condés, director de JR Abogados y experto en delitos contra la seguridad vial, en una entrevista en la Cadena Cope sobre las consecuencias de un delito de alcoholemia.
Si te han parado en un control de alcoholemia y has superado el límite legal te imputarán un delito de alcoholemia.
También lo harán si estás involucrado en un accidente y diste positivo.
Posiblemente los agentes te hayan dado la citación con fecha y hora para el juicio, si no es así, te llegará por carta.
Esta es un ejemplo de citación del juzgado
Esta citación policial la realiza la policía local de Madrid en el acto.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados







Como se desarrolla un juicio rápido
Todo va a ser muy rápido, si tu abogado no te lo explica, el día del juicio no te enterarás de nada.
Cuando que te citen al juzgado de guardia los pasillos estarán llenos de personas, imputados, abogados y procuradores.
Solo podrás pasar al juzgado con tu abogado.
Los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla
Si el accidente o el control de alcoholemia ha tenido lugar en la capital de Madrid, el atestado que elaboren los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad se enviará a los Juzgados de Guardia de Plaza de Castilla sitos en Plaza Castilla, 1, 28046 Madrid.
Cuando te llegue la citación (normalmente te llega por carta pero puede ser que la misma policía y/o la Guardia Civil, al tener el calendario de los juzgados, pueda citarte el mismo día) sabrás el día en el que se celebrará el juicio (si fue un control preventivo de alcoholemia).
Si tuviste un accidente donde hubo heridos o daños materiales, la citación te llegará pero no para celebrar un juicio, sino para tomarte declaración. En este caso, se incoarán Diligencias Previas y ese día solo declararás (o no), depende de lo que te asesore tu abogado.
Lo que no vas a saber es en qué Juzgado te va a tocar, es decir, el número del Juzgado solo lo sabrá tu abogado el mismo día del juicio o de la declaración.
En la citación, te pondrá que es el Juzgado B, C, D,.
Pero no existe ningún juzgado B, ni C, ni D .
Todos los juzgados tienen un número, está el Juzgado de Instrucción nº 1, o el 14 o el 25, o el 47, etc…
Te explicaré el motivo. Cada día, en Plaza de Castilla se reúnen por la mañana todos los Letrados de la Administración de Justicia de los Juzgados que estén de Guardia en ese momento.
Imaginemos que están de Guardia los juzgados números 3, 18, 21, 23 y 40.
De todos los proceso judiciales que haya para ese día, se harán 5 lotes, cada uno con una letra B,C,D.
Se hará un sorteo y a cada juzgado le tocará una letra.
Los letrados, por la mañana, acuden a la oficina de enlace que se encuentra a la izquierda una vez pasados los tornos para preguntar por la LETRA de su juzgado, que, previamente le ha dado su cliente.
Si usted tiene la letra C, su letrado preguntará por el juzgado al que le ha correspondido la letra C, siguiendo con el ejemplo puede ser el Juzgado nº 3.
Allí, esa misma mañana, y no antes, tendrá acceso el abogado al atestado policial.
Una vez en su poder, podrá determinar qué estrategia procesal de defensa es la más adecuada para su cliente.
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Importante que lo compres antes de tu juicio.
Conducción en estado de ebriedad
El juicio penal (no rápido) por alcoholemia
Si no reconoces los hechos el fiscal presentará escrito de acusación y el juez te dará traslado del mismo para que, de forma oral, respondas al mismo de forma oral y en el acto con tu escrito de defensa, o bien pidas el plazo de 5 días para presentarlo por escrito.
En ese momento, el juez dara día y hora para celebración del juicio en otro juzgado penal. Si es en Madrid, los juzgados penales se encuentran en la calle Albarracín nº 31 y en la calle Julián Camarillo nº 11. Están muy cerca unos de otros.
A ese juicio asistirán los testigos solicitados por el fiscal y, si lo admite el juez, los solicitados por el letrado defensor.
Juzgado Penales en calle Albarracín 31, Madrid
Juzgado Penales en calle Julian Camarillo 11, Madrid
La citación judicial
La citación de juicio te puede llegar de varias formas.
- La más corriente, es la carta certificada con acuse de recibo a tu domicilio.
- También te la puede dar el agente en el mismo momento en el que te hacen el control o se produce el accidente.
- Te pueden mandar un sms a tu número de móvil desde el Juzgado.
- Te pueden llamar por teléfono del juzgado.
Cuánto tarda un juicio por alcoholemia
El señalamiento de un juicio por alcoholemia depende de varios factores.
- La agenda del juzgado. Por regla general, si los hechos ocurrieron como consecuencia de un control de alcoholemia, donde no hay lesionados ni daños materiales, el juicio se celebrará la semana en la que el juzgado se encuentre de guardia.
- Daños materiales, lesionados o fallecidos. Si por contra, los hechos se producen como consecuencia de un accidente, el juzgado incoará diligencias previas y estará a la espera de los informes forenses, de las periciales que cuantifiquen los daños y de la citación de los perjudicados. En este caso, lo primero que hará será citar al investigado para tomarle declaración.
- El juzgado tiene por tanto dos alternativas, tramitarlo por diligencias urgentes de juicio rápido, por lo que, en uno o dos meses, si hay conformidad, tendremos la sentencia o bien, por diligencias previas, por lo que los momentos procesales son más lentos.
Castigo penal
Si acaban condenándote la pena que te impongan estará en función de:
- La tasa de alcohol. No es lo mismo dar una tasa de 0,60 mg/l en aire espirado que dar 0,90 mg/l. Algunos fiscales “premian” una mayor tasa de alcohol con una mayor condena.
- Pillado por un control o como consecuencia de un accidente. Tampoco es lo mismo que te paren en un control rutinario en la castellana que hayas tenido un accidente con el coche donde se produzcan daños materiales, heridos o fallecidos.
- Reincidencia. Si has sido condenado anteriormente por otro delito del 379.2 CP los fiscales y los jueces te mirarán con “otros ojos”. Si tienes antecedentes penales no cancelados se considerará una agravante. Recuerda, pueden quitarte el carne por 4 años.
- Negativa a realizar el test. Puedes negarte si quieres, pero lo mas seguro es que te imputen no un delito, sino dos. La negativa es aún peor, pues el castigo de prisión llega hasta el año, mientras que si das positivo solo llega a los 6 meses. Además por cada delito también hay retirada del permiso de circulación de hasta 4 años, por lo que en el peor de los casos podrían quitártelo 8 años.
Recuerda que si la condena de retirada del carnet de conducir es por 2 años o más, tendrás que volverte a sacar el permiso de conducir.
El abogado penalista
El abogado penalista elegido es muy importante por las siguientes razones.
- Examinará detenidamente el atestado policial ANTES de entrar a hablar con el Fiscal. Puede existir numerosos defectos formales en el mismo, no es la primera vez que lo vemos en JR Abogados ni será la última.
- Experiencia en la negociación con el Fiscal, donde se determinará tu futuro más próximo con la conducción.
- Necesita saber exactamente cómo sucedieron los hechos por lo que es muy importante que hables con él ANTES de ir a juicio. Con la elección del abogado de oficio, a veces, esto es complicado si tiene numerosos juicios que asistir esa mañana.
- Se personará en el juzgado con un escrito firmado por ti. De esta manera el día del juicio rápido el juzgado no tendrá que llamar al Colegio de Abogados para que te envíen un letrado de oficio.
- Mucho mejor en un asunto penal que seas tú quien decida qué abogado va a defenderte a que lo hagan otros. El abogado de oficio no se elige y si no te gusta no podrás cambiarlo.
En algunos casos, en los juicios rápidos por alcoholemia, no se trata tanto de lograr la absolución del cliente, como de minizar los daños al máximo.
De igual manera, y a modo de ejemplo, no es lo mismo tener un accidente con un vehículo de gama alta, que con un utilitario.
El vehículo de gama alta, está dotado de sistemas de protección mucho más sofisticados y seguros que un coche “normal”, por lo que la seguridad de sus pasajeros está más garantizada.
Por tanto el mismo coche con uno u otro vehículo tendrá consecuencias muy distintas para sus ocupantes.
Así, un letrado con mucha experiencia podrá siempre garantizar, dentro de posible, el mejor resultado para su cliente.
¿Qué pasa si no me presento al juicio rápido?
Si una vez citado el investigado no se presenta el día del juicio al juzgado de guardia, su incomparecencia puede ser sancionada con una multa de 200 a 5.000 €.
Si una vez citado por segunda vez, tampoco acude ante el juez, se le podrá llevar ante el juez por la policía y se le acusará de un delito de obstrucción a la justicia
Cada año, los etilómetros deben ser revisados, si esto no ocurre, la prueba que se realice con estos terminales será declarada nula de pleno derecho en un juzgado.
Qué es un juicio rápido por alcoholemia
Es un proceso creado por la Ley 38/2002, de 24 de octubre, cuya normativa legal se trata en los art 795 y ss de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Toda aquella persona que haya dado positivo en un control de alcoholemia o bien haya provocado un accidente y supere los 0,60 mg por litro en aire espirado será puesta a disposición judicial.
Será un Juzgado Penal quien resuelva sobre este proceso, normalmente el Juzgado de Instrucción que se encuentre de guardia.
En España no está prohibido beber y conducir, siempre que no se supere la tasa de alcohol permitida.
Lo que si está totalmente prohibido es conducir y tomar drogas, en eso, la tolerancia es cero. En el drogotest si sale cualquier sustancia estupefaciente te imputarán un delito.
Ten en cuenta que las drogas puede permanecer semanas en nuestros organismo, por lo que es posible que ni te acuerdes cuando fue la última vez que tomaste alguna droga.
Si superamos esa tasa de alcohol o bien nos pondrán una multa que puede llevar la retirada de puntos del carne de conducir, o bien la policía o la guardia civil nos imputará un delito de alcohoelmia y nos citarán para un juicio rápido en un juzgado de guardia.
Si te sacaste el permiso de circulación hace menos de dos años o vives de tu vehículo o camión, si soplas por el etilómetro no podrás dar más de 0,15 mg/l de alcohol en aire espirado; si eso ocurre la sanción será una multa y retirada de puntos.
En cambio, si tienes más de dos años y no eres un conductor profesional puedes llegar como máximo al 0,25 mg/l sin que te multen.
Si te hacen la prueba de drogas, dará igual la cantidad y dará igual la droga, des lo que des, habrá o multa y retirada de puntos o delito penal. Además, las enzimas de la droga pueden permanecer en el cuerpo durante semanas o meses.
Los síntomas del delito de alcoholemia
Suele ser habitual pensar que con soplar en la prueba de alcoholemia y dar más de 0,60 mg/l por aire espirado ya estamos condenados.
Si y no, me explico.
Al superar los 0,60 mg/l los jueces dan por supuesto que se conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Pero es posible que, no superando esa tasa, seamos condenados.
En el atestado policial, la policía desarrollará una diligencia de síntomas, y será una prueba más incriminatoria que usará el fiscal para pedir una condena.
¿Cúales son esos síntomas de embriaguez?
- Halitosis, te huele el aliento a alcohol.
- Aspecto desaliñado.
- Habla pastosa y titubeante.
- Andar deambulante, no se puede mantener en pie.
- Ojos enrojecidos o cara enrojecida.
- No para de hablar y de decir tonterías.
- Comportamiento desafiante y/o agresivo.
Estos síntomas, sin tener en cuenta la tasa de alcoholemia, pueden ser suficientes para condenar, siempre que sean ratificados en el plenario por los agentes de autoridad, que evidentemente, ratificarán a pies juntillas lo que pone en el atestado.
Cuánto tardan en citarme para un juicio rápido
Si ha dado positivo en alcoholemia le va a llegar una citación del Juzgado de Instrucción. La pregunta es ¿cuándo?
Bien, eso dependerá de lo que haya ocurrido, es decir, si ha sido un control rutinario del alcohol, le han parado y ha dado positivo, la citación no suele tardar mucho, en un par de semanas es posible que le llegue a casa, aunque dependerá de cada juzgado.
Ahora bien, si la alcoholemia viene asociada a un accidente de tráfico, donde se han producido daños, lesiones o incluso fallecidos, puede retrasarse y la razón fundamental es que el juzgado tiene que valorar económicamente las consecuencias de ese accidente mediante informes periciales que debe recibir.
Las diligencias urgentes por juicio rápido pasan a ser diligencias previas donde el juzgado tiene que “investigar” lo que ha sucedido realmente.
De hecho puede retrasarse tanto la citación como la fecha del propio juicio, sin perjuicio de que le citen para tomarle declaración.
No obstante, siempre existe la posibilidad de volver a pedir la transformación de las diligencias previas en juicio rápido para agilizar el proceso judicial en el mismo juzgado de guardia.
El artículo 379.2 del Código Penal
El artículo 379.2 CP habla del delito de alcoholemia.
Este precepto nos dice que si superamos los 0,60 mg/l en aire espirado (soplando) o 1,2 gr/l en sangre cometemos un delito penal. Es decir, da igual que el alcohol haya influido en la conducción o no.
Por otro lado, también se nos dice que si conducimos bajo la influencia de alcohol (o las drogas) aunque no superemos los 0,60 mg/l, igualmente estamos cometiendo un delito penal.
¿Cuál es la diferencia entonces? ¿Me van a condenar si o si? En el juicio, el Fiscal y los agentes intentarán demostrar al juez que no estabas en condiciones óptimas de conducir, pues el alcohol ha influido aunque no superaras el límiete, y, por otro lado, tu abogado defensor, intentará demostrar lo contrario, que no ha influido para nada.
Los agentes de autoridad, una vez se superen los 0,40 mg/l ya imputan un delito por alcoholemia, y la prueba que utilizarán en tu contra, además del ticket del etilómetro serán los síntomas que evidenciabas en el momento de la prueba o del accidente.
En qué consiste el juicio rápido
Son juicios para penas que no pasen de 5 años de prisión
Estos juicios tratan delitos cuya con pena que no pase de cinco años, o con cualquier otra pena (ej: privación del permiso de conducir vehículos, multa, aproximarse a la víctima) cuya duración no pase de diez años, siempre que el procedimiento se inicie a través de un atestado policial y que se produzca una detención y en breve esa persona sea llevada al juzgado o que, aunque no se detenga a nadie, la policía entrega una citación para comparecer ante el Juzgado de guardia.
Además el delito que se cometa debe ser flagrante (donde la policía prácticamente detiene en el acto a los culpables, aunque su detención se produzca cuando salen corriendo, o bien, si los detienen con pruebas que hagan suponer que han sido parte del delito;
La sentencia de conformidad
Si no existe posibilidad alguna de defensa, tu letrado te lo hará saber.
Será entonces cuando tu abogado entre a negociar una reducción de la pena con el Fiscal.
Esto significa que se reconocen los hechos que se te imputan como ciertos y, por tanto, la ley nos permite acogernos a una rebaja de la condena.
Se conoce como una conformidad, te conformas con lo solicitado con el fiscal (previa negociación con tu abogado). Aquí tienes un ejemplo de sentencia de conformidad en un delito por alcoholemia.
Mi trabajo depende del carnet de conducir
¿Debo aceptar una conformidad si mi trabajo depende del carnet de conducir?
Para muchos de nosotros es complicado mantener un trabajo si no puedes conducir.
Tu vehículo es tu herramienta de trabajo principal. Taxistas, repartidores, comerciales, conductores profesionales viven literalmente en la carretera.
Pero no necesariamente tienes que ser un conductor profesional, basta con que no puedas conducir para que te quedes en el paro.
Bien, entonces, si te citan para un juicio rápido ¿tengo que reconocer los hechos, entregar el carnet de forma inmediata y, por tanto, perder mi trabajo?
Quizá merezca la pena no reconcer los hechos en el juzgado de instrucción e ir a un juicio penal en unos meses pues, antes de ese otro juicio, también su letrado podrá reunirse con el fiscal y negociar una pena para usted.
Pero pongámonos en que el día del juicio rápido usted no se conforma, se celebra en unos meses un juicio penal, y es condenado.
Podrá no obstante, recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial mediante el correspondiente recurso de apelación. Otros cuantos meses más.
Haciendo cuentas, usted habrá ganado casi un año (o incluso más) lo que le da un tiempo valiosísimo para repensar su futuro laboral y tomar la mejor decisión.
Delito de alcoholemia, nacionalidad y permiso de residencia
¿Qué sucede si soy extranjero y me condenan por un delito de alcoholemia?
Si eres extranjero y estás a la espera de que te concedan la nacionalidad o quieres renovar un permiso de residencia tienes un grave problema si te citan para un juicio por alcoholemia.
La razón es sencilla, si te condenan, se te van a generar antecedentes penales y eso no es nada bueno.
Supondrá que no te den la nacionalidad española o que no te renueven el permiso.
¿Qué hacer? Jugar con los tiempos para intentar conseguir bien la nacionalidad, bien el permiso de residencia ANTES de que te condenen.
Es decir, no aceptes la conformidad, no reconozcas los hechos en el juzgado de instrucción, ve al juzgado penal, y luego a la Audiencia Provincial mediante el recurso de apelación.
Al final, si te condenan pero no te fastidian la nacionalidad o la residencia, habrá valido la pena luchar por ello.
Pagas por ganar tiempo, sabiendo que, probablemente, vayas a ser condenado.
Delitos que se tramitan por el juicio rápido
- Contra la seguridad vial, alcoholemias, conducción temeraria, conducir sin permiso, exceso de velocidad, negarse a un control de alcoholemia
- Violencia física o psíquica habitual (contra personas del art 173.2 CP), amenazas, lesiones, coacciones.
- Hurtos
- Robos
- Hurtos y robo de vehículos
- Daños (art. 263 CP.)
- Drogas. (art 368.2 CP)
- Propiedad intelectual o industrial (art 270 CP y ss)
- En general todo delito cuya investigación se valore que será sencilla y rauda.
Cuánto cuesta un juicio rápido por alcoholemia
Un juicio rápido por alcoholemia tiene un coste de 399 € cuando se produce como consecuencia de un control de alcoholemia, es decir, sin haber tenido un accidente.
Este precio es para todo Madrid, son los honorarios del abogado penalista. No es necesario contar con procurador en este juicio penal.
El control de alcoholemia
Si usted ha ingerido alcohol, lo más prudente es que no use su vehículo, de lo contrario, si los agentes de autoridad le paran y le hacen la prueba de alcoholemia y supera los límites legales se entiende que se encuentra bajo los efectos de bebidas alcohólicas; recuerde que si supera los 0,60 miligramos por litro de aire espirado dará positivo en el alcoholímetro. Ese nivel de alcohol se capta mediante una prueba muy sencilla, consistente en soplar de manera constante e intensa hasta que lo indique el agente.
No obstante dicho terminal lo utilizan los agentes previamente a realizar la prueba y nos da una orientación sobre la cantidad de alcohol que tiene el conductor. Una vez que se ha soplado, el la pantalla del terminal mostrará un resultado, y, si es positivo, el agente de autoridad utiliza un etilómetro, donde se sopla una primera vez, y luego una segunda. Dicho terminal, al igual que cuando pasas una tarjeta por un comercio, expulsa sendos extractos con los resultados de la prueba y la tasa de alcohol, que los agentes unen a su denuncia para, posteriormente en el juicio rápido por alcoholemia que se celebrará en unos días (entre 24 y 72 horas, aunque puede que se rebasen esos plazos). Ese extracto se usará como prueba contra el conductor, que pasará a denominarse en el juicio por alcoholemia como “investigado” (antes se llamaba imputado).
Puede darse el caso de que el resultado del etilómetro no llegue a 0,60 mg por litro en aire espirado, pero si que supere los 0,25, ante lo cual ya no tenemos delante de nosotros un delito penal sino una multa administrativa, salvo que, existan más indicios que denoten que el conductor si que estaba bajo la influencia del alcohol. Es decir, se puede cometer un delito contra la seguridad vial incluso sin superar los 0,60 mg por litro en aire espirado.
Accidente de tráfico con alcohol
No obstante no es lo mismo que te paren en control y des positivo que tener un accidente y que te hagan la prueba dando el mismo resultado. Las consecuencias penales son mucho más severas en el segundo caso, sin importar la tasa que indique el alcoholímetro, piensa que el seguro no se hará cargo de los daños materiales o personales que produzcas a tercersos, tendrás que pagarlos de tu bolsillo.
Si me retiran el permiso de circulación ¿puedo cumplir la pena solo los fines de semana?
La respuesta es afirmativa; ahora bien, deben darse una serie de requisitos y, además que el Juzgado lo permita. Si quiere saber los requisitos pinche en este enlace.
Atestado policial y sintomatología
Una de las pruebas que a buen seguro, constará en el atestado policial será lo que declaren los policías o guardias civiles en el posterior juicio sobre los síntomas del conductor, esa declaración de los agentes constituye una prueba de cargo en contra del conductor, de tal manera que aunque no se superen los 0,60, usted puede ser condenado por un delito contra la seguridad vial, y por tanto que se encontraba conduciendo bajo los efectos del alcohol, si hay más pruebas en su contra; cosa contraria de lo que sucede cuando el resultado del etilómetro supera el 0,60, en cuyo caso, no se necesitarán más pruebas, con eso es suficiente para que usted sea condenado por conducir bajo los efectos del alcohol.
Juicio rápido de alcoholemia sin antecedentes penales
En este caso, las posibilidades de una condena a prisión son mínimas, siempre que no se haya producido un accidente con resultado de muerte o heridos graves y no se haya tampoco ocasionado daños a la vía pública.
En estos casos el abogado penalista negociará con el Fiscal una reducción de la condena en un tercio, siempre que se asuman los hechos en una conformidad en el mismo acto de juicio rápido.
La condena típica en estos casos es un año de retirada de carné con una multa que puede oscilar los 1.000 €.
Con la reducción, la retirada del permiso se quedaría en ocho meses y la multa se reduciría de manera proporcional.
No obstante, si quedarían antecedentes penales, lo cual será muy peligroso si hay una futura condena por los mismos hechos.
Juicio rápido de alcoholemia sin abogado
Si te presentas en el juzgado el día del juicio rápido y no llevas a un abogado penalista para que defienda tus intereses el juzgado de Guardia llamará al Colegio de Abogados de Madrid o de Alcalá de Henares para que te asignen un abogado de oficio.
¿Quiere decir eso que el abogado es gratis? No, la justicia gratuita está pensada para personas que no tienen recursos y, por tanto no pueden pagarse un abogado.
Cuando llegue el abogado de oficio, lo primero que hará será rellenar un impreso con todos tus datos, tus ingresos, si eres soltero, casado, si tienes hijos, hipoteca, si tienes vehículo, si tienes piso en propiedad o vives en alquiler, deberás firmarlo y entregárselo al letrado.
El Colegio de Abogados lo remite a la Comunidad de Madrid y serán ellos los que decidan si tienes derecho a la justicia gratuita. En unas semanas, te llegará tanto a tí como al abogado de oficio que te asista una carta concediendo o denegando la misma. Si te la deniegan tendrás que pagar los honorarios del abogado de oficio.
La ley de Justicia Gratuita dice que se otorgará abogado de oficio a personas sin recursos que no superen
a) El doble del IPREM para aquellos que no se integren en una unidad familiar, es decir, los solteros sin hijos.
b) 2 veces y medio el IPREM para aquellos que vivan en unidades familiares de menos de cuatro personas.
c) Tres veces el IPREM para las familias numerosas o con cuatro o más personas.
Pero… ¿qué es el IPREM? Se llama así al indicador público de renta de efectos públicos. Para el año 2.018 el IPREM mensual era 537,84 euros.
Por tanto, si eres soltero y ganas de 1.075,68 euros brutos no te concederán la justicia gratuita y tendrás que pagar de tu bolsillo al abogado de oficio.
Si tu unidad familiar es de 3 o menos personas, no podréis ganar entre todos más de 1.344,60 euros al mes brutos.
Y si sois familia numerosa y ganáis más de 1.613,52 euros brutos al mes entre todos, tampoco tendrás justicia gratuita.
Juicio por alcoholemia reincidente
Para que se tenga en cuenta la agravante de reincidencia en un delito alcoholemia deben darse tres condiciones.
La primera es que tiene que haber una sentencia condenatoria firme y ejecutoria, es decir te tienen que haber condenado antes. Del mismo modo, si te han condenado pero existe un recurso pendiente tampoco se aplia.
La segunda, es que la condena anterior debe ser por el mismo delito (no hay reincidencia si tienes una condena por robo, por ejemplo, o por malos tratos).
La tercera es que los antecedentes penales no hayan sido cancelados.
Por tanto, si tiene un juicio por un delito de alcoholemia y se aplica la agravante de reincidencia podrán retirarle el carne por 20 meses y la multa será más elevada que la primera que le pusieron, sin perjuicio de que el fiscal pueda pedir una condena de prisión.
Si se celebra un juicio rápido y hay conformidad le retirarán el carnet unos 20 meses, más la pena de multa o trabajos, siendo muy improbable que el Fiscal solicitará pena de prisión.
Las penas por un delito contra la seguridad vial
Si ya nos encontramos en el Juzgado de Instrucción, asesorados de manera eficaz por un abogado penal especialista en juicios rápidos por alcoholemia, y hemos dado positivo en el control de alcoholemia, podemos ser condenados a lo siguiente:
- Que nos retiren el permiso de circulación de uno hasta cuatro años, más…
- Pena de cárcel de tres a seis meses, que podrá ser sustituida por
- Una multa de seis a doce meses (suelen poner unos seis euros/día, dependiendo de cada caso)
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días (por ejemplo, barrer en una Iglesia)
Del mismo modo, se puede decomisar el coche/moto/furgoneta/camión a no ser que la valoración pericial que se haga del mismo no tenga nada que ver con la gravedad del delito, o bien se haya abonado la responsabilidad civil (caso de accidente con heridos).
También se puede perder el carnet de conducir si la retirada del permiso es superior a dos años.
Defensa penal
En un delito de alcoholemia o contra la seguridad vial, el abogado penalista defensor tiene varias alternativas para que el conductor no sea condenado (sobre todo, si es reincidente o bien tiene condenas pendientes o antecedentes penales no cancelados), no obstante, toda línea de defensa o estrategia en estos delitos tiene que estudiarse detalladamente ya que no todos los delitos son iguales.
– Usted ha sido detenido y llevado a comisaría: Si hay daños en la vía urbana o han resultado heridos terceras personas, lo más normal es que los agentes le detengan y lo envíen a comisaría para, una vez allí, tomarle declaración policial. Solo pueden tenerle detenido el tiempo mínimo necesario para realizar el atestado policial que tenga como fin el investigar lo que ha ocurrido así como identificar al conductor de vehículo y/o acompañantes. Lo normal es que esta investigación policial debe ser ágil y rauda; asimismo en las diligencias policiales se debe incluir la información al conductor detenido en comisaría, que le asista un abogado particular (preferentemente un abogado penalista especialista en delitos de tráfico y alcoholemias). En el caso de que alguna de estas indicaciones no se haya producido, se entiende que se han socavado los derechos del conductor detenido, lo que supone que la prueba contra el investigado se declarará nula de pleno derecho, o bien todo el proceso judicial, lo que conlleva que la persona detenida sea absuelta con todos los pronunciamientos favorables.
– Terminal etilómetro: Dicho terminal que hace la medición (por el que se sopla) y que expide los extractos con el resultado, que los agentes incluirán en el atestado y que será la prueba de cargo contra el conductor que usará el Fiscal y, en su caso, la acusación particular (si la hubiere), tener que haber sido revisado cada cierto tiempo, más precisamente, de manera anual. Si no hubiera sido puesto a punto una vez al año, y se han venido practicando pruebas con dicho aparato medidor de alcohol, no será válido, puesto que no se encuentra al día. Dicho de otro modo, el abogado penalista tendrá que cuidarse mucho de revisar este hecho puesto que puede ser la diferencia entre ir a prisión o quedar libre, salvo que exista alguna otra prueba en contra del conductor.
– Prueba de alcoholemia: En dicha prueba se ha de soplar no una, sino dos veces, y no deben ser seguidas una de la otra. Entre “soplo” y “soplo” deben pasar por lo menos diez minutos; del mismo modo que si usted ha dado positivo en la prueba, el conductor tiene todo el derecho a efectuar otra prueba más que indique la tasa de alcohol en sangre o bien en la orina, de tal manera que dicha prueba pueda ratificar o no, el resultado del extracto del terminal etilómetro. Esta prueba que ratifica o no los resultados del etilómetro tiene un coste, y, a veces, no es gratuito para el conductor, ya que si se confirma lo “dicho” por el etilómetro su coste lo abonará el conductor investigado. No obstante ha de quedar claro y meridiano que la prueba del extracto del etilómetro es la prueba de cargo fundamental en contra del conductor por puede haber otras pruebas de cargo en contra que pueden ser tenidas en consideración por el Juzgado para acabar condenando por un delito contra la seguridad vial, puesto que, los policías serán llamados a declarar y, a buen seguro que declaran en contra del conductor, declarando que el conductor tenía los síntomas típicos de toda alcoholemia que veremos más adelante (nunca van en contra de lo que ponen en el atestado policial), además en el juicio rápido los agentes siempre, siempre ratifican delante del juez el atestado policial que trae como causa la instrucción del caso penal, lo que supone otra prueba en contra
– Síntomas de la ingesta de alcohol: Lo que los agentes pondrán a buen seguro en el atestado y declararán en el juicio penal que se celebrará en breve será siempre lo mismo y dirán que el conductor tenía la mirada enrojecida, un fuerte olor a alcohol, halitosis, que mostraba la cara enrojecida o colorada, que tenía el habla pastosa, que sus movimientos eran inapropiados, etc…
No obstante, todos esos síntomas no tienen porqué indicar que se ha cometido un delito contra la seguridad del tráfico, es decir, recuerden que el delito consiste en conducir BAJO LA INFLUENCIA, lo que quiere decir, que según las circunstancias físicas del conductor puede no haber ningún delito. Ahora bien, si se ha bebido una cantidad considerable de alcohol, en el juicio se debe demostrar que dicha cantidad de alcohol influyó o afecto en la conducción.
¿Cuándo recupero el carne?
Una vez que el conductor ha sido condenado por el Juzgado Penal por un delito de alcoholemia o drogas y la sentencia es firme, el Secretario Judicial realizará la liquidación de condena.
Una vez cumplida la pena, es decir, el ciudadano ha estado el tiempo estipulado por el Juez sin conducir su vehículo, el Juzgado Penal entrega de nuevo el carne de conducir al ciudadano.
En ese momento el conductor ha cumplido su pena y no pesa sobre él ninguna responsabilidad criminal.
Curso de recuperación total de puntos
Si la condena de privación del permiso de circulación del juzgado supera los dos años, el conductor tiene que realizar un curso en un centro autorizado.
Deberá aprobar dicho curso, y el centro emite un Certificado que acredite su aprovechamiento.
Del mismo modo se notifica al Registro Central de Infractores de la Dirección General de Tráfico, para que tenga constancia de ello.
Adicionalmente, se le pedirá realizar un examen teórico en una Jefatura de Tráfico donde se podrá comprobar que la persona ha asimilado el curso.
No se pide ningún examen práctico, pero si sensibilizar al conductor de las consecuencias de las imprudencias al volante.
Qué cantidad de alcohol hay que ingerir para dar positivo
Es imposible contestar a esta pregunta de forma precisa, pues los factores a tener en cuenta pueden hacer que una persona pueda dar positivo en la prueba de alcoholemia con tres cervezas y otra con cinco no supere la tasa de alcohol.
Estos factores pueden ser, el peso de la persona, su sexo, si comió o no, el tipo de bebida…
La multa
Si no hay pruebas que sustenten una acusación contra tí se archivará el proceso se archivará con un sobreseimiento provisional.
En ese caso, tendrás que pagar la multa administrativa que te pusieron los policías o la guardia civil que quedó pendiente de resolución judicial.
Aquí tienes las multas que pueden imponerte.
La habilidad del letrado
A la hora de negociar con el Fiscal, tu letrado, tendrá que pactar qué multa te van a poner, en caso de que reconozcas los hechos.
No es lo mismo una multa de 8 € al día durante 4 meses, que 4 € al día.
Para el establecimiento de la multa, tu abogado te pedirá algunos documentos para tratar de reducirla al máximo.
Cualidades de un abogado experto en delitos contra la seguridad vial
Un abogado experto en delitos contra la seguridad vial debe poseer una serie de cualidades y habilidades específicas para proporcionar una representación legal efectiva en este campo. Algunas de las cualidades esenciales de un abogado especializado en este tipo de casos son:
Conocimiento legal sólido: Debe tener un profundo conocimiento de la legislación de tráfico y de las leyes relacionadas con los delitos contra la seguridad vial en el país o la jurisdicción específica en la que opera.
Experiencia específica: Un abogado con experiencia en casos de seguridad vial tendrá un entendimiento profundo de los procedimientos legales, las estrategias de defensa y los posibles desafíos asociados con estos casos.
Comprensión técnica: Debe entender los aspectos técnicos relacionados con la alcoholemia, la velocidad, la señalización vial y otros aspectos clave de los casos de seguridad vial.
Habilidad de investigación: Un abogado eficaz en este campo debe ser capaz de investigar a fondo los hechos del caso, recopilar pruebas y analizar los detalles para construir una defensa sólida.
Comunicación efectiva: Debe ser un comunicador hábil, tanto en la interacción con el cliente como en la presentación de argumentos y pruebas en el tribunal.
Empatía: Debe mostrar empatía hacia sus clientes y comprender la importancia que tiene para ellos el resultado del caso.
Negociación y resolución de conflictos: La capacidad de negociar con la fiscalía y buscar acuerdos beneficiosos para el cliente es fundamental en muchos casos de seguridad vial.
Orientación al cliente: Un buen abogado debe estar comprometido en proteger los derechos e intereses de su cliente y trabajar en su beneficio.
Trabajo en equipo: En ocasiones, un abogado de seguridad vial debe trabajar en colaboración con otros profesionales, como peritos y asesores técnicos, para construir una defensa sólida.
Actualización constante: Dado que las leyes y regulaciones en materia de seguridad vial pueden cambiar, un abogado experto en este campo debe mantenerse actualizado sobre las novedades legislativas y las tendencias legales.
Determinación y perseverancia: Los casos de seguridad vial pueden ser desafiantes, y un abogado debe ser perseverante y estar dispuesto a luchar por los intereses de su cliente.
La elección de un abogado con estas cualidades es crucial cuando se enfrenta a un delito contra la seguridad vial, ya que la defensa efectiva puede marcar la diferencia en el resultado del caso y en las consecuencias legales que se enfrenten.
Curso de sensibilización vial de la DGT
Aún no hemos terminado.
Si te retiran el carnét de conducir, para volver a conducir no solo debes cumplir la pena que te imponga el juez.
Además, deberás acreditar haber superado un curso de sensibilización vial de la DGT.
Poco después de tener constancia de que te ha condenado un juzgado penal te llegará una carta. Si la quieres ver, pincha aquí.
Si la pena de retirada del carnet no pasa de los 2 años, el curso te costará unos 180 €.
Pero si te quita el juez el carnet por más de 2 años, el curso te costará 320 €.
Si quieres saber más sobre este curso, pincha aquí.