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El accidente de tráfico
Tener un accidente con un vehículo siempre es preocupante, puesto que puede acarrear problemas penales y civiles (indemnización por accidente de tráfico)
Para los heridos, dependiendo de sus lesiones, su vida puede cambiar drásticamente.
Para el culpable, quien quizá tenga que vivir con su conciencia y el desastre que causó para siempre.
Si además la culpa, es del conductor que da positivo en alcoholemia, superando los límites legales las consecuencias pueden ser graves.
En este artículo hablaremos de aquellos conductores que son imputados por un delito de alcoholemia cuando se produce un accidente de tráfico.
Lo que dicen los clientes de JR Abogados







Escrito de acusación del fiscal pidiendo prisión
No hace falta tener un accidente para que el fiscal pida, en su escrito de acusación, penas de cárcel. Tampoco es necesario ser reincidente. Abajo te mostramos un ejemplo real donde se pide una pena de prisión para el conductor.
En este caso, fue suficiente dar una tasa de alcohol elevada.
Qué sucede si el culpable del accidente da positivo en alcoholemia
El seguro no te cubre
Si has dado positivo como consencuencia de un accidente de circulación y eres culpable tendrás que enfrentarte a varias consecuencias:
- Se va a celebrar un juicio penal contra ti. Estarás imputado y ante esta situación vas a necesitar la mejor defensa penal posible.
- En cuanto al seguro, como responsable civil subsidiario responderá de los daños e indemnizaciones que se causaran pero, repercutirá contra tí todos los gastos.
Todos los seguros tienen cláusulas para el caso de los positivos en alcoholemias o drogas en la conducción y no cubren los daños que se ocasionen.
Tienen un año para repercutir contra ti todo lo que hayan pagado, reparación de vehículos de terceros, indemnizaciones por lesiones o fallecimientos.
Incluyo no repararán tu propio coche aunque tengas un seguro a todo riesgo.
El seguro tiene un año para pedirte que le abones todas las cantidades que ha tenido que desembolsar.
Ten en cuenta que una vez que se incoan diligencias previas en el juzgado de guardia, el juez va a avisar a tu seguro y, por tanto se enterará de que existe un procedimiento penal contra ti. Se personará en la causa para defender sus intereses.
Por tanto, todos los daños causados por el accidente al final, tendrán que salir de tu bolsillo.
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JR Abogados en Cadena Cope
Artículo 10 del Texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro
El asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir:
- a) Contra el conductor, el dueño del coche causante y el asegurado, si el daño causado fuera debido a la conducta dolosa de cualquiera de ellos o a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
b) Contra el tercero responsable de los daños.
- c) Contra el tomador del seguro o asegurado por causas previstas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y, conforme a lo previsto en el contrato, en el caso de conducción del vehículo por quien carezca del permiso de conducir.
- d) En cualquier otro supuesto en que también pudiera proceder tal repetición con arreglo a las leyes. La acción de repetición del asegurador prescribe por el transcurso del plazo de un año, contado a partir de la fecha en que hizo el pago al perjudicado.
La tasa de alcoholemia
El artículo del código penal que se aplicará en el caso de la alcoholemia es el 379.2 CP.
El fiscal y el juez tienen un margen para el castigo, lo pueden graduar.
Si has superado 0,60 mg/l en aire espirado, pasa de sanción administrativa a delito.
No obstante, desde 0,40 mg/l en aire espirado te pueden aplicar este artículo.
Las penas consistirán en lo siguiente:
- Retirada del permiso de circulación de 1 a 4 años.
Además una de las tres siguientes:
- Prisión de 3 a 6 meses.
- Multa de 6 a 12 meses
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Además
Tendras que abonar los daños causados a terceros, ya sean vehículos, mobiliario urbano, etc…
Tendrás que indemnizar a las personas que