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Coronavirus y fraccionamiento de la retirada del carnet
Esta pandemia mundial que está asolando el mundo no pasa desapercibida por los juzgados encargados de ejecutar la pena de privación del permiso de circulación.
Los jueces y fiscales están siendo más permisivos a la hora de permitir el fraccionamiento de la pena de retirada del permiso de circulación, sobre todo si se acredita debidamente.
Con penas que no superan la retirada del permiso por un año, sin que el investigado tenga antecedentes penales y si no se produjeron daños o lesionados, hoy es mucho más factible cumplir en fines de semana y festivos la retirada del permiso de circulación.
Esta opción, puede permitir a la persona seguir trabajando, sustentar a su familia y que no se destruya aún más el empleo.
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Cuando un conductor nos llama porque le han parado en un control de alcoholemia y ha dado positivo en el etilómetro, o bien ha tenido un accidente y ha consumido alcohol o drogas, siempre hay dos preguntas principales.
¿Me van a retirar el carnet de conducir? Esa es la primera, y es normal, cualquiera quiere saber si va a poder seguir conduciendo su vehículo pues, en muchos casos, es imprescindible para poder seguir trabajando, es su herramienta de trabajo. Pensemos en taxistas, comerciales, transportistas, autónomos…. y muchas personas a las que la retirada del permiso de circulación les supone un desajuste brutal en su día a día.
¿Puedo fraccionar la retirada del carnet? Es la segunda pregunta.
Si la tasa de alcoholemia es superior a 0,60 y junto con la sintomatología que los agentes pongan en el atestado la condena en la mayoría de los casos está asegurada, salvo en aquellos casos en los que, una vez examinado el atestado policial, pueda comprobarse errores de bulto que hagan que la prueba de alcoholemia sea nula de pleno derecho, como por ejemplo, no haber transcurrido 10 minutos entre la primera prueba y la segunda (soplar la primera vez y la segunda), que el etilómetro no haya pasado la verificación periódica, no haberle propuesto una tercera prueba consistente en una analítica, etc…
Fraccionar la retirada del carnet supone para el conductor imputado por un delito de alcoholemia, conducción temeraria o por negativa a someterse a una prueba de alcoholemia, poder seguir con su día a día, siempre que la pena se cumpla en unos determinados días como por ejemplo los fines de semana, festivos y vacaciones.
Para poder pedir el fraccionamiento es necesario que haya delito, es decir, que un Juzgado de Instrucción o penal, en su caso, haya condenado a una persona por un delito del artículo 379.2 del Código Penal. Si la “condena” es administrativa, es decir, hablamos de una multa no tiene lugar el fraccionamiento.
La ley española y concretamente nuestro código penal no habla de fraccionamiento de la condena, es decir, no prevee esa posibilidad, pero tampoco lo impide.
Los juzgados tienen potestad para conceder o no esta posibilidad y para ello tiene que darse los siguientes requisitos:
Lo que dicen los clientes de JR Abogados







Requisitos para el fraccionamiento de la pena
- Conductor profesional. El investigado por un delito contra la seguridad vial, concretamente por una alcoholemia de probar ante el Juez que su profesión depende de su vehículo: transportista, autónomo, comercial… Esta prueba puede consistir en mostrar su carnet profesional, un contrato de trabajo, la tarjeta de transporte correspondiente, etc..
Con esta documentación se acredita las dramáticas consecuencias que para el conductor tendrá la retirada del carnet de conducir, pues a buen seguro puede conllevar el despido de la empresa con lo que ello significa en la pérdida de ingresos.
- Cargas familiares. El imputado por alcoholemia debe demostrar que si le quitan el carnet, las consecuencias las pagará toda su famialia, por ello, es imprescindible que su sueldo sea el sustento de todo el grupo familiar, para el pago de la hipoteca, tarjetas de crédito, suministros de gas, luz, agua…, o también, en el caso de estar divorciado y tener que hacer frente al pago mensual de una pensión de alimentos.
Este requisito pretende probar que la retirada del permiso supondrá probablemente el desencadenante para que se abran otros procesos judiciales debido a la falta de ingresos.
Por ejemplo, no podrá pagar la hipoteca lo que puede significar que el banco inicie un proceso de ejecución hipotecaria, si está divorciado su ex mujer puede reclamarle la pensión de sus hijos y denunciarle por impago de pensiones (penado con penas que pueden llevar a la cárcel), etc…
- Propuesta de fraccionamiento. El conductor, a través de su abogado penalista, debe proponer al Juez un plan de fraccionamiento para cumplir con su pena de retirada del permiso de conducir.
En esta propuesta se pueden incluir los fines de semana, los festivos, las vacaciones, etc… Se deben señalar los días de manera detallada y los mismos deben ser iguales a los días de retirada del carnet. Este plan debe ser realista y, por supuesto, seguirse a rajatabla, pues de otro modo, podrá ser condenado nuevamente por reincidencia.