Que pasa si doy positivo en alcoholemia

Delito alcoholemia

By jfelipec

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La mayoría de las personas no han estado en un juzgado en su vida. Y menos en un juzgado penal.

Pero siempre hay una primera vez para todo, o al menos, eso dicen.

Bien, estás aquí porque te pararon en un control de alcoholemia y diste una tasa de alcoholemia superior a 0,60 mg/l en aire espirado.

Pero también puede ser que hayas tenido un accidente de tráfico, te hicieran la prueba de alcoholmia dieras positivo.

Existe también una tercera opción, que te negaras a realizar la prueba de alcoholemia, es decir, no quisiste o no pudiste soplar por el etilómetro.

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Sea cual sea cualquiera de las opciones anteriores o te han dado una citación para un juicio rápido por alcoholemia, o te llegará en breve.

Si te la han dado, habrá sido la misma policía o la guardia civil que tienen una conexión con la base de datos de los juzgado de guardia. 

Tendrás que llevar un abogado al juzgado, si no lo haces, te asignarán un letrado de oficio, si no tienes ingresos no lo pagarás, pero si los tienes, el abogado de oficio te pasará su minuta de honorarios.

Si no te la dieron, lo más seguro es que ha ocurrido un accidente. En ese caso, te llegará directamente del juzgado. Lo normal será que te llamen para una declaración, lo que significa que ese día no se va a celebrar ningún juicio. En caso de siniestro el juzgado incoa diligencias previas para investigar lo ocurrido y, tendrá que recabar los informes periciales de daños, o los informes del forense en caso de lesionados.

En muchas ocasiones, el juicio rápido lo señalan “muy rápido”, es decir, que pueden citarte para el juzgado a los pocos días de haber dado positivo.

En otras ocasiones, pasan semanas o meses hasta que te citan. Eso depende de varios factores que escapan a tu control.

Puede por ejemplo que la carga de trabajo del juzgado sea muy elevada, que el atestado no haya llegado aún por parte de los agentes, que dieras un domicilio distinto y no te enteres de la citación, que falten algunas diligencias en el propio atestado policial

Sea como fuere, la citación llega siempre.

JR Abogados en Cadena Cope

Si eres condenado por el juzgado de guardia y, siempre que no seas reincidente y no hayas tenido un accidente lo “mejor” que puede pasarte es que te condenen a una retirada del permiso de circulación de 1 año y a una multa de 6 meses con una cuota diaria de 5 o 6 € (lo que supondrá en total 600 o 720 €).

No obstante hay una buena noticia, esas penas se verán reducidas en un tercio por haberte conformado, es decir, haber reconocido los hechos y declararte culpable.

Será tu abogado quien deberá aconsejarte en reconocer los hechos o no. En algunas ocasiones es más ventajoso, pero en otras quizá no tanto, sobre todo, si tienes razón y tienes posibilidades reales de se absuelto.

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Si reconoces los hechos en el juzgado de guardia, en ese mismo momento te van a retirar el carnet de conducir. Es decir, al salir por la puerta del juzgado, no puedes, mejor dicho, no debes conducir.

El juzgado se queda físicamente con tu carnet de conducir, y te lo devolerá el juzgado penal de ejecuciones cuando termine el plazo de la condena.

Si en cambio no reconoces los hechos, aún podrás conducir.

El juzgado, oidos los escritos de acusación del fiscal y el escrito de defensa de tu abogado (que podrá presentarlo oralmente o pedir un plazo de 5 días para hacerlo por escrito), fijará fecha y hora para juicio. Será en un juzgado distinto, un juzgado penal, con un juez diferente.

Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión

Al juzgado penal acudirán los policías o los guardias civiles que intervinieron en el control o en el accidente de tráfico.

Siempre los cita el fiscal en su escrito de acusación y lo hace para que se ratifiquen en su atestado y poder probar así, tu culpabilidad.

Ten en cuenta que la policia jamás va a contradecirse en un atestado redactado por ellos. Siempre lo ratifican en su integridad.

También debes saber que las testificales de la policia gozan de más veracidad ante el juez que las de un investigado.

Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Una de las preguntas más importantes que hay que hacerse es ¿tengo defensa posible? o, por el contrario, tengo que reconocer los hechos como ciertos, y asumir que me voy a quedar sin carnet una temporada y quizás, también sin trabajo.

Bien, tras 23 años defendiendo conductores podemos decirte que en muchas ocasiones, SI que hay defensa y luchar por una absolución.

Esta afirmación no se hace con un afán de “regalarte los oídos” ni mucho menos.

Me explico, cuando la tasa de alcohol es muy elevada y, sobre todo, si con esa tasa hay un accidente, las posibilidades son escasas.

Pero, cuando la tasa de alcohol no es muy alta hay que examinar muy atentamente el atestado porque muchas veces, ahí está tu defensa, en el propio atestado.

Sintomatología leve, lectura de derechos, márgenes de error del etilometro, que nadie te vio conducir, no te ofrecieron la prueba de contraste (analítica de sangre), certificado de verificación caducado o no aportado en autos, etc…

Citación de la policia para juicio rapido por alcoholemia

Incluso con una condena en el juzgado penal (no es instrucción) aún tienes posibilidades de conseguir una absolución recurriendo en apelación la sentencia ante la Audiencia Provincial correspondiente.

Tienes un plazo para hacerlo de 10 días desde que te notifican la sentencia condenatoria de alcoholemia.

Si lo deseas, podemos ayudarte, presentaremos un escrito al juzgado solicitando la suspensión de ese plazo hasta que nos envíen una grabación del juicio.

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