Barcelona

Delito alcoholemia

By jfelipec

El juicio rápido por alcoholemia en Barcelona

Si está buscando un abogado para un juicio rápido por alcoholemia en Barcelona, está en el lugar correcto.

En JR Abogados, somo especialistas en delitos contra la seguridad vial.

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Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo... mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%leer más
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las... expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.leer más
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR... nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.leer más
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo... tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.leer más
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir... tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.leer más
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato... humano y cercano. Lo recomiendo totalmenteleer más
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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El abogado especialista en delitos contra la seguridad vial en Barcelona

Las posibilidades de que seas condenado si has dado positivo en una prueba de alcoholemia son muy altas. 

Bien, si esto es así, ¿por qué debería contratar un abogado particular experto en delitos de tráfico?

Por varias razones:

  1. Por su especialización. A diario está en los juzgados con casos de alcoholemia, drogas, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin carnet.
  2. Por sus habilidades negociadoras. Tendrá, seguramente que pactar con el fiscal una pena mínima, tanto de retirada de carnet como de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
  3. Por su rapidez en ver en el atestado policial cualquier inconsistencia que pueda suponer una absolución y por tanto, no conformarse con la condena solicitada por el fiscal y luchar por ganar el juicio de alcoholemia.
  4. Porque lo eliges tú.

La citación del juicio por alcoholemia

Los mossos de esquadra y la Guardia Civil tiene una conexión directa con la agenda de los juzgados de instrucción de Barcelona, lo que significa que pueden darte la citación directamente en el mismo momento en el que has dado positivo en la tasa de alcohol. 

Es lo más normal cuando te paran en un control de alcoholemia y superas la tasa de alcohol de 0,60 mg/l en aire espirado.

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Escrito de acusación del Fiscal pidiendo prisión por tasa de alcohol elevada

Las tasas de alcohol elevadas, aún sin ser reincidente y sin tener ningún siniestro, pueden suponer una pena de prisión. En este escrito de acusación, el fiscal así lo pide para uno de nuestros clientes.

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El control de alcoholemia

Una de las formas más habituales de acabar en un juzgado de guardia es dando positivo en un control de alcoholemia en Barcelona.

Si te pillan, y tomaste unas cervezas o unas copas las posibilidades de que te retiren el carnet de conducir son muy altas. Sobre todo, si no tienes nada en el estómago cuando has ingerido alcohol.

Si estás leyendo este artículo, probablemente ya no habrá nada que hacer, pero si no es así recuerda:

  1. No debes ponerte chulo con los agentes.
  2. No les insultes ni les agredas.
  3. Colabora con lo que te dicen.

Todo lo que sea salirte de esos tres consejos es complicarte la vida, aún más.

Son agentes de la autoridad, están en el turno de noche y están hartos de escuchar excusas.

Da igual que seas una persona que nunca bebe alcohol, da igual que seas conductor profesional, da igual que solo movieras el coche unos metros.

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El etilómetro

Hay dos tipos de etilómetros, el de aproximación o muestreo y el de precisión o evidencial.

Suelen ser de la marca DRAGER ALCOTEST y tienen que estar debidamente calibrados, dado que todos tienen unos márgenes de error.

Los tickets del etilómetro que sirven como prueba de cargo en el juzgado son los que emite el aparato evidencial. 

Dichas pruebas tienen que haber sido realizadas con una diferencia de 10 minutos entre una y otra. Si no es así, la prueba es nula.

En los mismos tickets, que se aportan al atestado policial, aparece el día y la hora de la prueba.

Si no superas los 0,25 mg/l en aire espirado no pasará nada, te dejarán ir y no te pondrán ni siquiera una multa.

Si superas los 0,60 mg/l en aire espirado irás directo al juzgado.

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El atestado policial

El atestado policial lo elaboran los mossos o la Guardia Civil.

Lo mandarán al juzgado y éste se lo pasará al Fiscal para que formule escrito de acusación contra tí.

Si te pillaron en un control de alcoholemia será un documento con muy pocas páginas, pero si se ha producido un accidente con daños materiales, heridos o fallecidos será mucho más completo.

Suele haber un resumen de los hechos, una diligencia de síntomas, detención del conductor (si se ha producido), inmovilización del vehículo, prueba del etilómetro, declaraciones de testigos, certificado de verificación del etilómetro, croquis del accidente,  fotografías del accidente, multas administrativas, información de derechos al investigado y citación judicial.

El atestado se lo darán a tu letrado una vez que se persone en el juzgado o bien el mismo día del juicio rápido.

El atestado policial

La tasa de alcoholemia

La tasa de alcoholemia es la principal prueba de cargo en un delito por alcoholemia.

Legalmente y según el artículo 379.2 del Código Penal, si superas los 0,60 mg/l en aire espirado te enfrentas a una condena de un juez.

Ahora bien, si tienes un accidente la tasa baja a un 0,40 mg/l. Así lo dice la fiscalía general del Estado. Se considera que una tasa que supera los 0,40 ha influido en la conducción y, por tanto, el accidente de tráfico se debe a que no estabas en condiciones de conducir y, sin embargo, lo hiciste.

Si en cambio no superas los 0,25 mg/l no pasará nada, ni delito, ni multa administrativa. Te dejarán ir.

PENAS-POR-ALCOHOLEMIA

JR Abogados en Cadena COPE

Accidente de tráfico con positivo en alcoholemia

Si acudes a un juzgado por causa de un accidente de tráfico, lo más probable es que te citen a declarar y no a un juicio rápido, sobre todo si en el accidente de tráfico hay daños materiales, lesionados y/o fallecidos.

En este caso puede que además de imputarte un delito por alcoholemia, se te investigue por más delitos, por ejemplo delito por lesiones, delito por homicidio imprudente, etc…

La tasa de alcohol mínima será de 0,40 mg/l en aire espirado.

Los daños que causes al mobiliario urbano, a otros vehículos, o las lesiones causadas deberás pagarlas, aunque sea tu seguro quien adelante los pagos por ser el responsable civil directo.

También deberás pagar las costas de la parte contraria si va con abogado particular y se te condena en costas.

Negociación con el fiscal

Si del examen del atestado policial tu letrado penalista no ve posibilidades reales de ganar el juicio por alcoholemia, lo más inteligente es reconocer los hechos para beneficiarte de la reducción de un tercio en la condena que te pongan.

Las habilidades de tu letrado podrán minimizar las consecuencias penales, tanto en una condena de prisión, como de multa, de trabajos en beneficio de comunidad como de tiempo de retirada del carnet de conducir.

Negarse a realizar la prueba de alcoholemia

Negarse a realizar la prueba de alcoholemia es un error, un grave error.

Lo más probable es que los agentes te manden al juzgado con dos delitos.

Uno por la alcoholemia (aún sin soplar y comprobar que diste positivo) y otro por negarte.

El problema es que la negativa lleva aparejada siempre una condena de prisión de 6 a 12 meses; además de la retirada del carnet.

Es decir, que puedes, en el mejor de los casos, encontrarte con una retirada de 2 años de carnet (16 meses si reconoces los hechos), y en el peor de los casos con 8 años de retiarda del carent de conducir (casos extremos).

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Los juzgados de instrucción de Barcelona

Juzgado de Instrucción nº 1 – Teléfono: 93 554 86 01 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 2 – Teléfono: 93 554 86 02- Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 3 – Teléfono: 93 554 86 03 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 4 – Teléfono: 93 554 86 04 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 5 – Teléfono: 93 554 86 05 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 6 – Teléfono: 93 554 86 06 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 7 – Teléfono: 93 554 86 07 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 8 – Teléfono: 93 554 86 08 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 9 – Teléfono: 93 554 86 09 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 10 – Teléfono: 93 554 86 10 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 11 – Teléfono: 93 554 86 11 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 12 – Teléfono: 93 554 86 12 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 13 – Teléfono: 93 554 86 13 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 14 – Teléfono: 93 554 86 14 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 15 – Teléfono: 93 554 86 15 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 16 – Teléfono: 93 554 86 16 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 17 – Teléfono: 93 554 86 17 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 18 – Teléfono: 93 554 86 18 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 19 – Teléfono: 93 554 86 19 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 20 – Teléfono: 93 554 86 20 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 21 – Teléfono: 93 554 86 21 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

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Juzgado de Instrucción nº 26 – Teléfono: 93 554 86 26 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 27 – Teléfono: 93 554 86 27 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 28 – Teléfono: 93 554 86 28 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 29 – Teléfono: 93 554 86 29 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 30 – Teléfono: 93 554 86 30 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 31 – Teléfono: 93 554 86 31 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 32 – Teléfono: 93 554 86 32 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Juzgado de Instrucción nº 33 – Teléfono: 93 554 86 33 – Dirección: Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (Edif. I)

Conductor reincidente y con antecedentes penales

Si eres reincidente, es decir, tus antecedentes penales no están cancelados tienes un problema.

La entrada a prisión por delitos de alcoholemia se produce, fundamentalmente por dos motivos:

  1. La reincidencia.
  2. Accidentes con heridos y/o fallecidos.

En los casos de reincidencia es más que aconsejable contar con los servicios de un buen abogado experto en seguridad vial.

Aquí no se trata de mirar precios, se trata de evitar la prisión.

agravante-reincidencia-alcoholemia

Positivo en la prueba de drogas

El Drogotest es el aparato encargado de verificar que en tu organismo exiten, o no, drogas.

Se trata de una prueba de saliva que se manda a un laboratorio para comprobar sustancias como la cocaina, el cannabis, etc…

Debes ser consciente que las drogas en el organismo pueden detectarse incluso al cabo de meses, por lo que si te hacen la prueba y da positivo, es posible que en los últimos días o semanas no hayas consumido nada, pero, aún así, te quitarán el carnet de conducir.

La tolerancia a las drogas en el organismo mientras se conduce es cero. No sucede así con el alcohol, donde hasta 0,25 mg/l no se comete ni tan siquiera una infracción administrativa.

penas por conducir con drogas

Si has sido condenado por un juzgado penal, aún puedes recurrir esa sentencia.

No te quitarán el carnet aún. 

Se debe presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona y dispones de un plazo de 10 días desde que te notifican la sentencia.

Si necesitas ayuda, llámanos, solicitaremos al juzgado la suspensión del plazo, y pediremos la grabación del juicio.

Conformidad penal

Muchos delitos de alcoholemia terminan en conformidades penales.

Eso significa que, primero reconoces los hechos que se te imputan como ciertos, es decir, que conducías habiendo ingerido bebidas alcohólicas, segundo, que se reducirá un tercio la condena que te pongan y, tercero, que evitarás un juicio penal, donde el fiscal citará como testigos a los mossos o a la guardia civil para que se ratifique en el atestado.

Es decir, ese mismo día, en el juzgado de instrucción se dictará sentencia condenatoria, te condenarán, te quitarán el carnet y no podrás conducir desde ese día.

El juicio penal

Si tu abogado considera que tu defensa es posible, no te quitarán el carnet el día del juicio rápido.

Declararás con abogado, pero no reconocerás los hechos.

En ese caso, el fiscal acusará por un delito del artículo 379.2 CP y tu letrado tendrá que presentar un escrito de defensa y propondrá las pruebas que estime pertinentes que, serán admitidas o no, por el juzgado.

Se citará al investigado para un juicio penal en otro juzgado penal. Ese día acudirán los agentes que te hicieron la prueba de alcoholemia y se ratificarán en su atestado (siempre lo hacen).

La entrega del carnet de conducir en el juzgado

Una vez tu abogado ha pactado una condena con el fisca en juzgado, en ese momento, antes de darte la sentencia te harán un requerimiento para que entregues el carnet de conducir. En ese mismo acto no podrás conducir y si lo haces cometerás otro delito contemplado en el artículo 384 del Código Penal.

Si te han condenado a 8 meses de retirada del carnet, por lo general estarás 242 días sin poder conducir.

Analítica de sangre o prueba de contraste

Si diste positivo en la prueba del etilómetro, la ley te da derecho a realizar una prueba de contastre a través de una analítica de sangre en un centro médico.

Los mossos o la Guardia Civil te llevará al centro y allí, te harán la prueba. 

Si das positivo, es decir, superas los límites legales, la prueba la pagarás de tu bolsillo, entre 200 y 300 €.

Si das negativo, te saldrá gratis.

Te adelanto que por lo general, se da más tasa de alcohol en una analítica que en un etilómetro, es decir, es una trampa con traje de «derecho».

Inmovilización del vehículo

Los mossos no van a permitir que, si diste positivo, te lleves el coche a casa. Lo inmovilizarán, vendrá una grua y se lo llevará a un depósito.

Para retirarlo tendrás que pagar.

Si alguien va contigo, deberá mostrar su carnet a los mossos y hacer la prueba para verificar que puede conducir sin problema.

La multa administrativa

Siempre te van a poner una multa administrativa. 

Si sales absuelto deberás pagarla pero si te condenan, ni la pagarás ni te quitarán puntos.

La ley no permite que se castigue dos veces a un conductor por un mismo hecho. Si un juez penal te pone una multa, no tendrás que pagar la multa del agente.

De hecho, suelen poner en la misma multa «no apta para cobro por estar incursa en un proceso penal».

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Cancelación de los antecedentes penales por alcoholemia

Los antecedentes penales se cancelarán, por ejemplo, si te quitan el carnet durante 8 meses y 2 días a los dos años desde que cumples la última de las dos condenas que te pongan.

Es decir, si pagas la multa antes de los 8 meses y dos días, los antecedentes penales se cancelarán a los 2 años, 8 meses y 2 días.

Si te pillan de nuevo con otra alcoholemia en ese plazo, se te aplicará la agravante de reincidencia y, por tanto, te impondrán una pena en su mitad superior.

Otros delitos contra la seguridad vial

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