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El juicio rápido por alcoholemia en Barcelona
Si está buscando un abogado para un juicio rápido por alcoholemia en Barcelona, está en el lugar correcto.
En JR Abogados, somo especialistas en delitos contra la seguridad vial.
Lo que dicen los clientes de JR Abogados







El abogado especialista en delitos contra la seguridad vial en Barcelona
Las posibilidades de que seas condenado si has dado positivo en una prueba de alcoholemia son muy altas.
Bien, si esto es así, ¿por qué debería contratar un abogado particular experto en delitos de tráfico?
Por varias razones:
- Por su especialización. A diario está en los juzgados con casos de alcoholemia, drogas, exceso de velocidad, conducción temeraria, conducción sin carnet.
- Por sus habilidades negociadoras. Tendrá, seguramente que pactar con el fiscal una pena mínima, tanto de retirada de carnet como de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
- Por su rapidez en ver en el atestado policial cualquier inconsistencia que pueda suponer una absolución y por tanto, no conformarse con la condena solicitada por el fiscal y luchar por ganar el juicio de alcoholemia.
- Porque lo eliges tú.
La citación del juicio por alcoholemia
Los mossos de esquadra y la Guardia Civil tiene una conexión directa con la agenda de los juzgados de instrucción de Barcelona, lo que significa que pueden darte la citación directamente en el mismo momento en el que has dado positivo en la tasa de alcohol.
Es lo más normal cuando te paran en un control de alcoholemia y superas la tasa de alcohol de 0,60 mg/l en aire espirado.
Escrito de acusación del Fiscal pidiendo prisión por tasa de alcohol elevada
Las tasas de alcohol elevadas, aún sin ser reincidente y sin tener ningún siniestro, pueden suponer una pena de prisión. En este escrito de acusación, el fiscal así lo pide para uno de nuestros clientes.
El control de alcoholemia
Una de las formas más habituales de acabar en un juzgado de guardia es dando positivo en un control de alcoholemia en Barcelona.
Si te pillan, y tomaste unas cervezas o unas copas las posibilidades de que te retiren el carnet de conducir son muy altas. Sobre todo, si no tienes nada en el estómago cuando has ingerido alcohol.
Si estás leyendo este artículo, probablemente ya no habrá nada que hacer, pero si no es así recuerda:
- No debes ponerte chulo con los agentes.
- No les insultes ni les agredas.
- Colabora con lo que te dicen.
Todo lo que sea salirte de esos tres consejos es complicarte la vida, aún más.
Son agentes de la autoridad, están en el turno de noche y están hartos de escuchar excusas.
Da igual que seas una persona que nunca bebe alcohol, da igual que seas conductor profesional, da igual que solo movieras el coche unos metros.
El etilómetro
Hay dos tipos de etilómetros, el de aproximación o muestreo y el de precisión o evidencial.
Suelen ser de la marca DRAGER ALCOTEST y tienen que estar debidamente calibrados, dado que todos tienen unos márgenes de error.
Los tickets del etilómetro que sirven como prueba de cargo en el juzgado son los que emite el aparato evidencial.
Dichas pruebas tienen que haber sido realizadas con una diferencia de 10 minutos entre una y otra. Si no es así, la prueba es nula.
En los mismos tickets, que se aportan al atestado policial, aparece el día y la hora de la prueba.
Si no superas los 0,25 mg/l en aire espirado no pasará nada, te dejarán ir y no te pondrán ni siquiera una multa.
Si superas los 0,60 mg/l en aire espirado irás directo al juzgado.
El atestado policial
El atestado policial lo elaboran los mossos o la Guardia Civil.
Lo mandarán al juzgado y éste se lo pasará al Fiscal para que formule escrito de acusación contra tí.
Si te pillaron en un control de alcoholemia será un documento con muy pocas páginas, pero si se ha producido un accidente con daños materiales, heridos o fallecidos será mucho más completo.
Suele haber un resumen de los hechos, una diligencia de síntomas, detención del conductor (si se ha producido), inmovilización del vehículo, prueba del etilómetro, declaraciones de testigos, certificado de verificación del etilómetro, croquis del accidente, fotografías del accidente, multas administrativas, información de derechos al investigado y citación judicial.
El atestado se lo darán a tu letrado una vez que se persone en el juzgado o bien el mismo día del juicio rápido.
La tasa de alcoholemia
La tasa de alcoholemia es la principal prueba de cargo en un delito por alcoholemia.
Legalmente y según el artículo 379.2 del Código Penal, si superas los 0,60 mg/l en aire espirado te enfrentas a una condena de un juez.
Ahora bien, si tienes un accidente la tasa baja a un 0,40 mg/l. Así lo dice la fiscalía general del Estado. Se considera que una tasa que supera los 0,40 ha influido en la conducción y, por tanto, el accidente de tráfico se debe a que no estabas en condiciones de conducir y, sin embargo, lo hiciste.
Si en cambio no superas los 0,25 mg/l no pasará nada, ni delito, ni multa administrativa. Te dejarán ir.
JR Abogados en Cadena COPE
Accidente de tráfico con positivo en alcoholemia
Si acudes a un juzgado por causa de un accidente de tráfico, lo más probable es que te citen a declarar y no a un juicio rápido, sobre todo si en el accidente de tráfico hay daños materiales, lesionados y/o fallecidos.
En este caso puede que además de imputarte un delito por alcoholemia, se te investigue por más delitos, por ejemplo delito por lesiones, delito por homicidio imprudente, etc…
La tasa de alcohol mínima será de 0,40 mg/l en aire espirado.
Los daños que causes al mobiliario urbano, a otros vehículos, o las lesiones causadas deberás pagarlas, aunque sea tu seguro quien adelante los pagos por ser el responsable civil directo.
También deberás pagar las costas de la parte contraria si va con abogado particular y se te condena en costas.
Negociación con el fiscal
Si del examen del atestado policial tu letrado penalista no ve posibilidades reales de ganar el juicio por alcoholemia, lo más inteligente es reconocer los hechos para beneficiarte de la reducción de un tercio en la condena que te pongan.
Las habilidades de tu letrado podrán minimizar las consecuencias penales, tanto en una condena de prisión, como de multa, de trabajos en beneficio de comunidad como de tiempo de retirada del carnet de conducir.