El delito de alcoholemia es el más frecuente dentro de los delitos contra la seguridad vial.
En un solo año, este delito puede ser cometido en toda España por unos 125.000 conductores según cifras oficiales.
Se trata, como dice la ley, de conducir un vehículo bajo la influencia de bebidas alcohólicas y hay que superar la tasa de alcohol de 0,60 mg/l en aire espirado para que se trate como delito y no como falta administrativa.
En el ámbito de la seguridad vial, conducir bajo los efectos del alcohol es considerado un delito que atenta contra la seguridad pública. Además de poner en grave peligro al conductor, la presencia de alcohol en el organismo puede comprometer la seguridad de todos los que comparten la carretera. En este artículo, exploraremos en detalle el delito de alcoholemia, sus consecuencias legales y cómo se regula en el Código Penal.
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¿Qué es el Delito de Alcoholemia y dónde se Regula?
El delito de alcoholemia está tipificado en el Código Penal, específicamente en el Título XVII que se refiere a los delitos contra la seguridad colectiva. Dentro de este marco, el Capítulo IV aborda los delitos contra la seguridad vial y es allí donde encontramos los artículos 379 a 385 ter que regulan el delito de alcoholemia.
Este delito se configura cuando una persona conduce un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Se considera que una persona está bajo la influencia del alcohol cuando su tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,60 miligramos por litro o cuando la tasa de alcohol en sangre es superior a 1,2 gramos por litro.
Es importante destacar que para cometer este delito no es necesario que el conductor se encuentre efectivamente bajo los efectos del alcohol, es suficiente con rebasar las tasas establecidas. Esto significa que aunque el conductor pueda no experimentar una alteración de sus facultades psíquicas y físicas de percepción, reacción y autocontrol, si supera las tasas establecidas será considerado culpable de este delito.
Positivo en control de alcoholemia
Si te ha parado la policía en un control de alcoholemia te habrá preguntado si bebiste alcohol. Da igual tu respuesta porque te entregarán una boquilla de pástico blanca dentro de un envoltorio.
La introducirá en el etilómetro y te dirán que soples hasta que él diga.
Después te enseñará el resultado.
Si diste más de 0,60 mg/l en aire espirado te volverá a hacer la prueba. Si sigues superando esa tasa el mismo policía te citará para un juicio rápido por alcoholemia.
Como es un control y no un accidente, todo va a depender de la tasa de alcohol que diste.
No es lo mismo dar 0,63, por ejemplo, que 0,75, es decir, triplicar la tasa permitida
Consecuencias del Delito de Alcoholemia
Las consecuencias legales del delito de alcoholemia pueden variar dependiendo de la gravedad del caso y las circunstancias específicas. Según el artículo 379.2 del Código Penal, las penas previstas para este delito incluyen prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, en todos los casos, se impone la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período superior a uno y hasta cuatro años.
En situaciones donde la tasa de alcohol en aire espirado supere los 0,60 miligramos por litro o la tasa de alcohol en sangre sea superior a 1,2 gramos por litro, se aplicarán estas penas. Es importante tener en cuenta que, en caso de aceptar los hechos en un juicio rápido por alcoholemia, la condena se reduce en un tercio.
Además de las consecuencias legales, conducir bajo los efectos del alcohol puede tener un impacto significativo en la vida personal y profesional del infractor. La pérdida del permiso de conducir puede dificultar la movilidad y la realización de actividades cotidianas, y la condena penal puede tener repercusiones en antecedentes penales y futuras oportunidades laborales.
Requisitos del delito de alcoholemia
Para que un juez pueda aplicar el delito de alcoholemia deben darse estos tres elementos.
1. Que el investigado condujera un vehículo en una vía pública.
2. Que hubiera tomado bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
3. Que dichas sustancias infuyan en la conducción (facultades psíquicas y físicas en cuanto a la percepción y reacción al volante) y, por tanto, se ocasione un riesgo “abstracto” para la seguridad del trafico.
El Tribunal Constitucional ha dicho, en varias ocasiones que, lo importante de este delito no es al tasa de alcohol, sino la influencia que tenga en el conductor para manejar un vehículo a motor.
Negarse a Realizar la Prueba de Alcoholemia
Es importante destacar que negarse a realizar la prueba de alcoholemia también constituye un delito, tipificado en el artículo 383 del Código Penal. Este delito se castiga como una desobediencia grave y conlleva una pena de prisión de seis meses a un año, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período superior a uno y hasta cuatro años.
La negativa a realizar la prueba de alcoholemia puede ser considerada una agravante y puede tener consecuencias aún más graves que el propio delito de alcoholemia. Además, la falta de colaboración con las autoridades puede ser interpretada como una actitud irresponsable y puede perjudicar la situación legal del infractor.
Como sabes, hasta 0,25 mg/l en aire espirado no pasa nada, te dejan seguir conduciendo, ni tan siquiera es una multa administrativa.
Si lo superas, siempre que no pases de 0,60 te quitarán puntos del carnet de conducir y te pondrán una multa, pero no será un delito penal.
El problema lo tenemos si superamos los 0,60, te mandarán directo a un juzgado penal.
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Positivo en accidente de tráfico
Si tu caso es haber dado positivo en alcoholemia como consecuencia de un accidente de tráfico hay que precisar que te imputarán un delito siempre que des más de 0,40 mg/l en aire espirado.
Es decir, no se necesita superar los 0,60 mg/l en aire espirado. No te pondrán una multa administrativa sino que te enviarán a un juzgado de guardia.
Tener un accidente y dar positivo en alcohol es más peligroso, penalmente hablando, que haber sido “pillado” en un control.
Veamos las razones por las que es así:
- El peligro “abstracto” que supone conducir bajo la influencia de bebidas alcoholicas, se ha convertido en un siniestro, es decir, al final ha tenido consecuencias reales.
- Esas consecuencias se plasman en daños materiales, lesionados o fallecidos.
Muchos fiscales ven lógico castigar más duramente a quien ha producido un accidente que a quien “podría” haber tenido un siniestro vial.
Además, hay otros dos factores que hagan que la condena penal aumente y son estos:
- Que seas reincidente, es decir, que tus antecedentes penales no estén cancelados.
- Que des positivo en drogas.
Muy posiblemente si has tenido un accidente te llegue una citación para declarar (no para un juicio rápido).
Esta citación te llega siempre del juzgado (no te lo entrega la policía).
El día de la declaración deberás estar asistido de un abogado.
Si no lo tienes, o no lo puedes pagar, el juzgado de designará un abogado de oficio.
El juzgado de instrucción realizará el ofrecimiento de acciones a las víctimas para que reclamen una indemnización y pedirá los correspondientes peritajes de daños.
Si hay lesionados, serán examinados por el forense del juzgado.
Agravante de reincidencia en el delito de alcoholemia
Ser reincidente significa haber sido condenado por un juez por un delito de alcoholemia con anterioridad lo que supuso en su día que se te generaran antecedentes penales.
Bien, si esos antecedentes no han sido cancelados y te imputan de nuevo, el mismo delito del artículo 379.2 del Código Penal, significa que el fiscal va a solicitar para ti una pena mayor.
A efectos prácticos, como mínimo va a solicitar una retirada del permiso de circulación de dos años y seis meses.
Después podrá imponerte una multa o pedir directamente prisión.
Asistencia Legal en Casos de Delito de Alcoholemia
Si te encuentras en una situación en la que te enfrentas a un posible delito de alcoholemia, es fundamental contar con la asistencia legal adecuada. Un abogado especializado en delitos contra la seguridad vial podrá brindarte el asesoramiento necesario y representarte en un juicio rápido por alcoholemia.
En JR Abogados, contamos con un equipo de letrados expertos en alcoholemias y juicios rápidos por alcohol y drogas. Nuestro objetivo es rebajar las penas y sanciones en la medida de lo posible e incluso lograr su completa retirada. Ofrecemos precios competitivos y ajustados, y puedes contactarnos para una consulta gratuita en nuestro despacho.
Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión
En este escrito de acusación del fiscal vemos como no es necesario ser reincidente ni tampoco tener un accidente para que el fiscal solicite una pena de entrada en prisión. Simplemente con una tasa de alcohol elevada, puede solictarlo.
Tu compañia de seguros en una alcoholemia
El juzgado va a notificar a tu compañía de seguros (si existe un accidente) como responsable civil directo.
Como sabes tu compañía, si acabas siendo condenado, pagará las indemnizaciones pero luego te las reclamará.
En la póliza hay una cláusula expresa para caso de dar positivo en alcohol o drogas.
Por tanto, tu compañía de seguros se enterará si has tenido un siniestro aunque no se lo comuniques.
Lo que dicen los clientes de JR Abogados
Estando en el juzgado con tu abogado, y habiendo visto éste el atestado policial, entrará a la sala a reunirse con el fiscal para ver los términos de una posible conformidad, es decir, que reconozcas los hechos y te declares culpable.
Si lo reconoces, la pena que te pida el fiscal se va a reducir en un tercio.
Hablando claro, si te pide 12 meses de retirada del carnet, se quedarán en 8 meses. Y si te pide 6 meses de multa se quedará en 4 meses.
No obstante, no siempre es recomendable reconocer los hechos, sobre todo si tienes una tasa de alcohol baja, y no has tenido ningún accidente o, siemplemente nadie te vio conducir.
Citación de la policia para juicio rapido por alcoholemia
¿Cuándo te quitan el carnet?
Si reconoces los hechos en el juzgado de instrucción, ese mismo día te harán un requerimiento de entrega y no podrás conducir desde ese mismo momento.
Por tanto, si te citan para juicio rápido, por si acaso, que te lleven al juzgado, o ve en transporte público.
Si no reconoces los hechos, aún podrás seguir conduciendo, pues tendrá que celebrarse otro juicio penal en otro juzgado distinto.
Recurso de apelación de la sentencia condenatoria de alcoholemia
Si no te conformaste en el juzgado de instrucción y en el juzgado penal acabaron condenándote, aún puedes recurrir la decisión ante la Audiencia Provincial correspondiente a través del recurso de apelación.
Tienes un plazo de 10 días para recurrir esta decisión. El plazo empieza a contar desde que te notifican la sentencia.
Hasta la resolución del recurso, aún puedes seguir conduciendo.
Conclusiones
El delito de alcoholemia es una infracción grave que atenta contra la seguridad vial y puede tener consecuencias legales y personales significativas. Conducir bajo los efectos del alcohol pone en peligro la vida propia y la de los demás, por lo que es fundamental tomar conciencia de los riesgos y evitar esta conducta.
El Código Penal regula este delito y establece las penas correspondientes, que pueden incluir prisión, multa, trabajos en beneficio de la comunidad y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. Además, negarse a realizar la prueba de alcoholemia también es considerado un delito y conlleva sus propias sanciones.
En caso de verse involucrado en un delito de alcoholemia, es crucial buscar asesoramiento legal para garantizar una defensa adecuada. Un abogado especializado en delitos contra la seguridad vial podrá evaluar tu situación y brindarte la representación necesaria en un juicio rápido por alcoholemia.
Recuerda que la responsabilidad al volante es fundamental para preservar la seguridad de todos en la carretera. Evita conducir bajo los efectos del alcohol y cumple siempre con las normas de tráfico para contribuir a un entorno vial más seguro.