Pena de prision por alcoholemia

Delito alcoholemia

By jfelipec

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Estar citado en un juzgado penal por un delito de alcoholemia no es nada agradable, sobre todo, si eres una persona que jamás has pisado un juzgado.

Como todos los delitos contra la seguridad vial tienen pena de prisión, es normal que los nervios y la angustia se apoderen de ti.

Existe la creencia general de que nadie puede entrar a prisión si la pena impuesta por el juez no supera los dos años de prisión. He de decirte, que tras 23 años de experiencia en juicios rápidos por alcoholemia eso es falso. Te lo explicaré a continuación.

La prueba de cargo más importante que hay en el atestado policial contra ti son los tickets del etilómetro donde se refleja la tasa de alcohol.

Como sabes, a partir de 0,60 mg/l en aire espirado estamos ante un delito penal.

Serán dos tickets los que envien al juzgado, resultado de la prueba de alcoholemia y en los mismos viene la tasa y la hora en la que se hace la prueba.

Si por ejemplo das una tasa de 0,70, casi estás triplicando la tasa.

Y una tasa de alcohol alta, es sinónimo para el fiscal de una pena más elevada.

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Escrito de acusación del fiscal con pena de prisión

En el escrito de acusación del fiscal que te presentamos, un caso real, se pide pena de prisión para uno de nuestros clientes (al final no entró en la cárcel) sin ser reincidente y sin tener ningún siniestro con el vehículo.

Por tanto, no es necesario atropellar a un peaton o causar lesiones graves o daños cuantiosos para que el fiscal solicite una pena de prisión. Tampoco es necesario que te hayan condenado previamente por el mismo delito. Tan solo es suficiente, una tasa elevada de alcohol en el organismo por parte del conductor.

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Artículo 80 del Código Penal

Este artículo 80 del C.P es el que le da la potestad discrecional al juez para mandarte directo a prisión, con una pena inferior a 2 años.

Como sabes, la alcoholemia está penada de 3 a 6 meses de prisión.

Si te fijas en la redacción del artículo dice “Los jueces y tribunales (…) podrán…”. Podrán, quiere decir, que si quieren, te mandan a la sombra durante una temporada.

En cuanto a la tasa de alcohol, la razón es muy sencilla, no es lo mismo una tasa de 0,62 que una de 0,92. El riesgo de que puedas matar a una persona, dejarla en silla de ruedas, matarte tu mismo y todos los ocupantes, es mucho más elevado y, por tanto, la pena solicitada debe ser mayor. 

1. Los jueces o tribunales, mediante resolución motivada, podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos.

JR Abogados en Cadena Cope

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La negativa a realizar la prueba de alcoholemia

Negarse a soplar cuando te lo pide un policia es un error muy grave. La negativa siempre, sin excepción, lleva aparejada pena de prisión que puede llegar de los seis a los doce meses (artículo 384 CP)

Si no soplas te imputarán dos delitos, uno por la alcoholemia y otro por la negativa.

En el mejor de los casos, te quitarán el carnet 16 meses (8 meses por cada delito), te condenarán a 4 meses de prisión por la negativa (que siempre lleva prisión) y te pondrán una multa por la alcoholemia.

El caso más extremo sería que fueras condenado a 8 años de retirada del carnet por ambos delitos, 1 año de prisión por la negativa y 6 meses de prisión por la alcoholemia.

 

Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
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