Si tienes un accidente de tráfico y tienes una tasa de alcohol de 0,40 mg/l en aire espirado te imputarán un delito de alcoholemia.
Pero, si la tasa de alcohol necesaria para que sea delito es a partir de 0,60, ¿cómo puede ser?
La Fiscalia, desde hace varios años, imputará siempre como delito aquellos siniestros que estén por debajo de 0,60 mg/ pero por encima de 0,60 mg.
Sin embargo, si te paran en un control de alcoholemia con 0,40 mg solo te pondrán una multa administrativa.
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Si el accidente es menor (retrovisores de otros coches dañados, farolas, etc…) se incoarán diligencias urgentes por delito rápido contra la seguridad vial.
En ese caso, el propio policia o guardia civil te darán una citación para juicio rápido, con un número de juzgado (salvo en Plaza de Castilla, que será una letra, la B, la C o la D”, un día y una hora, una información de derechos, una multa administrativa donde pondrán a bolígrafo (no apta para cobro por estar incursa en proceso penal), y un documento de inmovilización de vehículo si no hay nadie que se pueda hacer cargo del coche.
Si el accidente de tráfico es grave, el juzgado incoará diligencias previas y la citación te vendrá directamente del juzgado, principalmente por burofax.
No puedes acudir a un juicio por alcoholemia sin abogado, debes tener uno.
Puedes contratar un abogado privado o particular, preferiblemente experto en delitos contra la seguridad vial, o el juzgado, el mismo día de tu declaración o del juicio rápido, te designará un abogado de oficio.
Llamará al Colegio de Abogados correspondiente para que te designen uno, que por lo general, será el que esté de guardia ese día.
JR Abogados en Cadena Cope
Cuando se produce un accidente, el que lleva todas las de perder suele ser el que de positivo en alcohol o en drogas.
Las consecuencias de un accidente de tráfico pueden ser leves, graves o muy graves.
¿Qué te va a pasar?
Si solo se producen daños, se tratará de un tema económico, y tu seguro, como responsable civil directo, tendrá que indemnizar en la cuantia que determinen los informes de los peritos. No es recomendable ponerse a discutir si fueron 500 € o fueron 1.000 €, puesto que si tu horizonte penal pasa por una conformidad, ésta se verá perjudicada por este hecho.
Si se producen lesionados o heridos, habrá que estar a la gravedad de las lesiones.
Hay lesiones que pueden suponer muchísimo dinero de indemnización. Las víctimas aportaran al juzgado sus informes de sanidad y serán tratados por el forense del juzgado.
Se determinarán en base a esos informes, las cuantías a abonar. Las paga el seguro, como los daños, pero luego, ten por seguro que te reclamará (repetirá) ese dinero.
Evidentemente, a mayor gravedad de las lesiones, más gravedad de la pena, pues un delito de lesiones puede tener una pena de prisión muy dura.
Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión
No es necesario tener un accidente con daños, lesionados o fallecidos para que le fiscal solicite una pena de prisión.
Tampoco es necesario ser reincidente, tan solo con una tasa de alcohol elevada, pueden pedirla, como en este caso real, donde el escrito de acusación del fiscal pide cárcel por dar una tasa de alcohol elevada en un control de alcoholemia.
Si las lesiones son graves, el horizonte penal se oscurece notablemente.
Pero si en el accidente se producen fallecidos, será muy complicado librarte de la prisión.
No obstante, hay que estar a cada caso concreto y ver las circunstancias en las que se ha producido.
Lo que dicen los clientes de JR Abogados
Por tanto, si tienes un accidente, aunque la tasa de alcohol esté entre 0,40 y 0,60, el menor de tus problemas puede ser que te retiren el permiso de circulación.
Se dará por supuesto en el propio atestado de la policia, en su “informe de parecer” que la causa del siniestro fue la ingesta de bebidas alcohólicas por parte del investigado (conductor) y esa aseveración pesará mucho en el juicio.
Citación de la policia para juicio rapido por alcoholemia
Es muy importante en estos casos, contar con la defensa legal de un buen abogado, que esté acostumbrado a este tipo de procedimientos.
La seguridad vial es un mundo en si mismo, y los pequeños detalles pueden suponer que entres o no en prisión.
Tu vida, tal y como la conoces hasta ahora, puede dejar de existir, tu trabajo, tu familia, tus amigos, tu pareja…
Si solo tienes un delito de alcoholemia, el tiempo máximo que te pueden quitar el carnet son 4 años.
Pero el tiempo mínimo es de 1 año.
Ahora bien, si reconoces los hechos que se te imputan y por tanto, te declaras culpable, a la pena que te impongan, habrá que “quitarle” un tercio.
Tu abogado y el fiscal, se reunen a solas y negocian, una pena.
Esto viene a ser algo así como, del mal, el menor.
Solo se debe negociar una pena y por tanto reconocer tu culpa cuando no hay ninguna posibilidad de ser absuelto o las que hay son ínfimas.
Pero eso, te lo tiene que explicar tu abogado porque, en muchas ocasiones, hay defensa penal en los delitos de alcoholemia.