Los delitos contra la seguridad vial suelen tramitarse en los Juzgado de Instrucción que se encuentren de Guardia, salvo que las diligencias que obran en las actuaciones no se consideren suficientes o bien que el investigado no se conforme con los hechos.
JR Abogados explica las alcoholemias en Cadena Cope
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Artículo 385 CP habla del delito de generar un grave riesgo para l circulación
Letrado especialista en delitos de tráfico
Igual que cuando tenemos problemas de visión acudimos a un oculista, o cuando nos duele una muela acudimos a un dentista; lo normal y lo inteligente, es acudir a un abogado experto en delitos viales cuando tenemos un problema lega de esta naturaleza.
Solo el experto conoce los detalles, en base a su experiencia y a su estudio, puede ir mucho más allá que un abogado generalista.
En ese informe constan las pruebas en las que se basa la policía o la guardia civil para para acusarte de un determinado delito y por tanto para tenerte como investigado/imputado.
El control de alcoholemia
La mayoría de los controles de alcoholemiay de drogas se realizan los fines de semana y por la noche.
También en fechas señaladas como en las Navidades y en las fiestas populares de los pueblos.
Una de las reglas básicas que todo conductor debe saber es que siempre, siempre, siempre hay que soplar en el etilómetro.
La razón es sencilla, mejor reventar el etilómetro a sabiendas de que nos hemos bebido hasta el agua de los floreros, que no soplar y que nos imputen un delito, aún más grave, que no es otro que la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia.
La negativa a soplar tiene una pena que va de 6 meses de prisión a 1 año.
Si soplas, la cárcel va de 3 meses a 6 meses, es decir, nos “ahorramos” 6 meses.
Normalmente, el agente te pregunta si has bebido. Digas lo que digas, te va a hacer la prueba.
Primero, soplarás por un etilómetro de aproximación, y luego, si das positivo, te harán soplar otras dos veces en un etilómetro evidención o de precisión.
Entre estas dos últimas pruebas, han de pasar, como mínimo, 10 minutos.
La tasa de alcohol
Si te paran en un control, y superas los 0,60 mg/l en aire espirado, abrirán diligencias y te citarán para un juicio rápido.
Pero, si das menos de 0,60 mg/l y has tenido un accidente, también puedes ir directo a un juzgado. Tendrás que dar más de 0,40 mg/l en aire espirado.
Te pondrán una sanción administrativa que no deberás abonar, pues, seguramente el juez, te pondrá otra, y no se puede sancionar a una persona dos veces por los mismos hechos.
En la multa suelen poner “no apta paa cobra al estar incurso en proceso penal”.
La citación para juicio
Te puede citar la policía directamente cuando suceden los hechos, ya que tienen conexión directa con la agenda de los juzgados.
Si no te cita la policía o la guardia civil, te podrán citar a través del cartero, por un correo certificado con acuse de recibo.
También puede citarte el juzgado enviándote un sms al móvil o bien llamándote.
Estos delitos contra el tráfico, suelen tramitarse por el procedimiento del juicio rápido que se celebra en los juzgados de guardia.
Son muchas las sentencias que acaban con una conformidad del investigado para aprovechar la “rebaja” de un tercio de la condena.
Los antecedentes penales
Una condena por cualquier delito contra el tráfico, lleva consigo tener antecedentes penales.
Esto supone que, si se vuelve a cometer este delito sin haberse cancelado los antecedentes, entrará en juego a circunstancia agravante de la reincidencia, por lo que la pena será superior.