Juicio rapido por alcoholemia en Juzgados de Plaza de Castilla de Madrid

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By jfelipec

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De toda la Comunidad Autónoma de Madrid, los juzgados donde se celebran más juicios rápidos por alcoholemia son los Juzgados de Plaza de Castilla.

Cada día hay 3 juzgados de guardia solamente para juicios rápidos.

Lo más habitual es que si has dado una tasa de alcohol que supere el máximo legal permitido tengas una citación de la propia policía local y que te la dieran el mismo día en el que ocurrieron los hechos.

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Como puedes comprobar en la citación de arriba, aparece el juzgado de guardia D.

Te hemos dicho antes que siempre hay 3 juzgado de guardia, los otros dos son el “B” y el “C”.

Pero no existe ningún juzgado B ni C ni D. Son unas letras que se les da a los que por turno, les corresponde estar de guardia ese día.

Bien, todos los días, los letrados de los juzgados de guardia bajan a por “sus procedimientos”. Se hace un sorteo, ni el juez sabe qué casos le van a tocar, ni el investigado/a sabe que juzgado le va a tocar.

Es ese mismo día cuando a las 9:30 se sabrá.

Por tanto, una vez que entres en plaza de castilla, tu abogado, si es particular y lo han designado en la oficina de enlace, te comunicará a que planta del juzgado tienes que dirigirte (hay 8 plantas) y a qué juzgado en cuestión (el 9, el 21, el 45, etc…)

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Por tanto, si tu defensa la va a ralizar un abogado particular, debes enviarle la citación para que se ponga en contacto con el juzgado y así, no manden a un abogado de oficio.

Si quieres información sobre los abogados de oficio en una alcoholemia pincha aquí.

En la citación pone una hora pero eso no quiere decir que el juicio se vaya a celebrar a esa hora, ni mucho menos.

No es raro que pases toda la mañana en el juzgado. Siempre hay retrasos, personas llegan tarde, juicios atrasados que meten ese día, desayunos, etc…

Ese día debes llevar la citación, tu DNI y el carnet de conducir.

JR Abogados en Cadena Cope

Solo te quitarán el carnet si reconoces los hechos, es decir, si te declaras culpable. Si no es así, ese día se fijará una nueva fecha para un juicio oral que se celebran todos en estos juzgados:

  1. Juzgados de la calle Julian Camarillo 11, Madrid.
  2. Juzgados de la calle Albarracín 31, Madrid.

Están al lado los unos de los otros.

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No obstante, puede que te sea rentable realizar una conformidad y reconocer los hechos, sobre todo si la tasa de alcohol es muy elevada y tu abogado no encuentra “fallos” en el atestado; si fallos, podemos asegurar que los hay y muy gordos, en la información de derechos, en el certificado de verificación del etilómetro, en las horas entre prueba y prueba, en el ofrecimiento de la analítica de sangre…

Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión

Como te hemos dicho, la tasa de alcohol puede por si sola llevar a que el fiscal pida una pena de prisión en su escrito de acusación, aquí tienes un ejemplo real donde no hay ni reincidencia del conductor ni accidente de tráfico alguno.

Vas a pasar un buen rato en los pasillos de Plaza de Castilla, esperando a que te lean los derechos, a que tu abogado pase a reunirse con el fiscal, a que te llamen para juicio, a que te den la sentencia (si finalmente eres condenado)…

Lo primero que te harán será leerte tus derechos, (tienes derecho a un abogado, a no confesarte culpable, a no contestar a alguna o algunas preguntas que te hagan, a no declarar, a mentir descaradamente, a un traductor si no entiendes el castellano….)

Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Luego, tu abogado ya se habrá identificado en el juzgado y habrá pedido reunirse con el fiscal para negociar una posible conformidad.

Es decir, que de lo malo, lo menos malo.

La conformidad significa que te van a reducir la pena en un tercio. Por ejemplo, si te piden 1 año de retirada del carnet, finalmente, acabará en 8 meses.

Es decir, a cambio de que procesalmente hablando, no des mucho trabajo, y reconozcas que bebiste estando al volante, la administración de justicia, te premia con una condena más suave.

Si eso sucede, te harán un requerimiento de entrega del carnet, para que te empiece a contar la retirada desde ese mismo día.

Es decir, que si vas al juzgado de Plaza de Castilla conduciendo tu propio coche y te quitan el carnet, si a la salida te pillan te imputarán otro delito, el conducir con un carnet retirado por decisión judicial del artículo 384 del Código Penal.

Por tanto, si vas al juzgado por un delito de alcoholemia, sería bueno no conducir tu propio coche.

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