Si te han citado para presentarte ante el juez por cometer un presunto delito de alcoholemia, este artículo te va a interesar.
Si es la primera vez que te pasa, es normal que estés nervioso, angustiado y con temor a que te pueda pasar algo, como por ejemplo, ir a prisión.
La citación puede haberte llegado por dos vías distintas, bien ha sido la policía o la guardia civil, bien ha sido el propio juzgado quien te ha citado.
Se te advierte que debes acudir a juicio con un abogado, si no es así, el propio juzgado te designará un letrado de oficio.
También te indican el juzgado, el día y la hora a la que debes acudir.
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Si te pararon en un control de alcoholemia, te hicieron la prueba y diste una tasa de alcoholemia alta es habitual que se incoen diligencias urgentes por juicio rápido.
Si en cambio la prueba de alcohol fue como consencuencia de un accidente con daños materiales, lesionados o fallecidos, incoarán diligencias previas, y la primera vez que acudas al juzgado será para declarar, es decir, ese mismo día no se celebrará ningún juicio y tampoco te quitarán el carnet.
En la propia citación verás la diferencia: “citación para juicio rápido” o “citación para declarar como investigado”
JR Abogados en Cadena Cope
El día del juicio estarás muy nervioso, sobre todo si nadie te ha explicado lo que va a pasar o puede pasar.
Irás a un juzgado de guardia (juzgado de instrucción).
Por eso, es tan importante contar con la ayuda de un abogado especialista en delitos contra la seguridad vial, es decir, un letrado que tenga a sus espaldas cientos de juicios por alcoholemia.
Una vez llegas al juzgado, si vas con tu abogado particular, el ya habrá tenido acceso al contenido del atestado policial, que es la base del procedimiento, lo que utilizará el fiscal para acusarte y lo que facilitará a tu abogado tu defensa.
Cuando tu abogado particular vea el atestado contigo, verás como puede (o no) coincidir con lo que pasó en realidad.
En el atestado están las pruebas que te incriminan y las más importantes son:
- Los tickets del etilómetro.
- Los síntomas que ha puesto la policia.
- Testigos
El abogado de oficio, si no tienes recursos, lo designarán esa misma mañana y tendrá, por lo general, poco tiempo para leerse el atestado con detenimiento, puesto que, seguramente, le hayan designado para más juicios esa misma mañana.
No podrás cambiar a tu abogado de oficio, te tocará el que se encuentre de guardia.
Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión
Abajo podemos ver un escrito de acusación del fiscal donde, por una tasa de alcohol elevada pide una pena de prisión.
Una vez tu abogado, te ha explicado el atestado, debería citarse en privado con el fiscal para negociar una pena para el caso de que se reconozcan los hechos como cierto. Es decir, decirle al juez que conducías bajo los efectos del alcohol (o las drogas). A eso, se llama conformidad.
Si tu abogado llega a un pacto con el fiscal, la pena solicitada se te reducirá en un tercio, tanto la retirada del carnet como la multa, la entrada en prisión o los trabajos en beneficio de la comunidad.
Lo que dicen los clientes de JR Abogados
¿Qué pasa si tu abogado no llega a un acuerdo con el fiscal?
Puede ser que quieras defender tu inocencia y consideres que vale la pena luchar por tu absolución. Pasa en muchas ocasiones, pero habrá que tener en cuenta algunas variables para tomar esa decisión, entre ellas:
- El coste de ir a otro juicio.
- Las probabilidades de éxito.
- La pena solicitada por el fiscal
- El perjuicio que te supone quedarte sin carnet ese mismo día.
Efectivamente, si hay un acuerdo con el fiscal en declararte culpable, ese día te quedas sin carnet. Lo tengas o no en ese momento y no podrás (mejor dicho, no deberás conducir).
Si no hay acuerdo, puedes seguir conduciendo, pues se necesita una sentencia condenatoria firme para que se ejecute una condena.
Por tanto, si no hay acuerdo, el proceso es el siguiente.
Se decreta la apertura de juicio oral y el fiscal presenta su escrito de acusación contra ti.
Tu abogado, podrá presentar oralmente su escrito de defensa, o bien pedir un plazo de 5 días para presentarlo por escrito.
El juez, fijará de viva voz, nuevo juzgado (juzgado penal, no de instrucción), fecha y hora para el juicio.
Todo lo actuado en el juzgado de instrucción se llevará al juzgado penal.
Aquí, además de un abogado vas a necesitar un procurador (no así en el juicio rápido en el juzgado de instrucción).
Para que te hagas una idea, si vives en Madrid, los juzgados de instrucción están en Plaza de Castilla y los juzgados penales están en la calle Julián Camarillo nº 11 y en la calle Albarracín nº 31.
Ese día, estarán todos los testigos que, normalmente suelen ser los policías y los guardias civiles que te hicieron la prueba o estuvieron en el accidente. Siempre los pide la fiscalía y los “usará” para probar una condena.
Si tu abogado ha pedido testigos, y el juez los admite, también estarán citados.
Tu podrás hablar, no decir nada o contestar solo a las preguntas de tu abogado. Son tus derechos como investigado.
Una vez acabado el juicio, quedará visto para sentencia y en unos días se te notificará.
Si la sentencia es condenatoria, aún tendrás la posibiidad de recurrirla ante la Audiencia Provincial a través del recurso de apelación.
Tienes un plazo de 10 días desde que se te notifica la sentencia.
Si recurres, aún podrás seguir conduciendo.
En muchos casos, para lograr una absolución hay que llegar hasta la Audiencia Provincial, pues los juzgados penales no lo ponen muy fácil.
Si tu abogado tiene experiencia, sabrá cuándo deberías recurrir y qué posibilidades tienes, sobre todo cuando tienes una tasa de alcohol no muy elevada.
No obstante hay otras muchas causas para recurrir, entre ellas, la más importante, que tengas razón y tu abogado pueda probarlo.
Si fueras condenado, una vez la sentencia es firme, el juzgado penal incoará un procedimiento de ejecución para que se cumpla la sentencia.
Te van a requerir para entregar el carnet de conducir y, si eres condenado a una multa, para el pago de la misma.
En ese momento, la Dirección General de Tráfico ya sabe que has sido condenado y te hará llegar una carta para que hagas, de forma obligatoria un curso de sensibilización en seguridad vial. Suele ser los sábados por la mañana y hay dos tipos de curso cuyo valor oscila entre los 300 y los 600 €
Si no lo hicieras, y la policía te parase, te pondrá una multa.