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Si eres una persona normal, un trabajador o trabajadora al que le han quitado el carnet por un delito contra la seguridad vial, por ejemplo, un delito de alcoholemia, quizás la pena de multa (si es la primera vez) que te pongan es lo de menos.
Te quitan el permiso de circulación, ya no puedes conducir y eso, puede suponer tu ruina.
Sabemos de lo que hablamos por que durante más de dos décadas llevamos defendiendo conductores/as en los juzgados de instrucción.
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Si el proceso finaliza por una sentencia condenatoria en un juicio rápido, ese mismo día te retiran el carnet de conducir. El juzgado te hace un requerimiento de entrega del permiso y allí se queda. Si al salir por la puerta conduces un vehículo tendrás que enfrentarte a otro juicio penal.
Es decir, desde ese mismo instante la sentencia cobra firmeza, el juez te ha condenado de viva voz y te insta a que te abstengas de conducir cualquier vehículo a motor.
Bien, pero y tu trabajo? Y tu hipoteca? Y tus facturas? Y tu vida?
Sabemos de la tragedia que supone esa situación para muchas personas.
Tienen que llevar a los hijos al colegio en coche, viven a las afueras y no hay transporte público, son comerciales y en su trabajo puede suponer un despido fulminante, etc…
JR Abogados en Cadena Cope
Bien, como hemos dicho antes, conducir con el carnet retirado por un juez es cometer otro delito.
De hecho, todos los policías y toda la guardia civil sabrá, si te paran, con solo meter tus datos en el sistema, que te acaban de retirar el carnet.
Es decir, te van a citar para ir a un nuevo juicio penal. ¿Qué te puede pasar?
La pena por conducir sin carnet es una de estas tres:
- prisión de 3 a 6 meses.
- multa de 12 a 24 meses.
- trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Es importante que sepas que si eres reincidente en este delito, al final, el juzgado acabará por enviarte a prisión
Escrito de acusación por delito de alcoholemia con pena de prisión
Lo que dicen los clientes de JR Abogados






