Cuando hay un accidente la Fiscalía General del Estado imputa un delito a partir de una tasa de 0,40 mg/l en aire espirado, aunque la ley diga que se necesitan 0,60 mg/l en aire espirado.
Por tanto, si tienes un accidente, y no superas los 0,60 pero rebasas la tasa de 0,40, no será una multa, será un delito.
JR Abogados en la Cadena Cope - alcoholemias
Cuanta más tasa de alcohol tengas, más pena te puede pedir el fiscal.
Precisamente porque considera que has producido un riesgo muy grande al ponerte al mando de un vehículo.
Los fiscales tratan con más benevolencia a los conductores con una tasa poco elevada.
Pero si añadimos lesionados, daños materiales importantes o fallecidos, la pena puede ser bastante dura y dar con tus huesos en la cárcel.
Triplica la tasa de alcohol con reincidencia
Si triplicas la tasa de alcohol y, además, eres reincidente en el delito de alcoholemia todo se complica.
La reincidencia supondrá que el fiscal te impondrá las penas en su mitad superior.
Te lo voy a explicar.
La persona que comete este delito por primera vez y no tiene una tasa muy alta, suele salir del juzgado con una retirada del carnet de 8 meses (aplicada la conformidad) y una multa.
Los reincidentes, como mínimo tienen una petición de retirada de 2 años y 6 meses (sin aplicar la conformidad).
Pero lo peor puede ser que el vez de una multa, el fiscal pida entrada en prisión.
Juicio de alcoholemia triplicando la tasa de alcohol
Necesitas un abogado, si no lo tienes el juzgado designará uno de oficio.
El abogado de oficio, si superas los ingresos establecidos en el IPREM, te cobrará sus honorarios.
No puedes cambar el abogado de oficio si no te gusta.
Tu abogado (de oficio o particular) examinará el atestado policial y entrará al despacho del fiscal a negociar una pena reducida para ti, siempre que reconozcas los hechos.
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
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El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
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Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Hay que ser muy cuidadoso al leer el atestado puesto que, muchas veces, la policía o la guardia civil cometen errores.
El más común es hacer la lectura de derechos DESPUÉS de haber hecho la prueba. Debe ser al revés y esa prueba es nula de pleno derecho.
Por eso no hay que aventurarse a reconocer los hechos sin más, pues puedes salir absuelto si cuentas con un buen abogado penalista.
Si no reconoces los hechos, el fiscal presentará escrito de acusación y tu abogado, bien oralmente en el acto, bien en el plazo de cinco días, presentará escrito de defensa.
En ese acto, el juzgado de instrucción señalará una fecha y una ora para un juicio en otro juzgado, un juzgado penal.
A ese juzgado, se presentarán los testigos solicitados por el fiscal, suelen ser los policias y también el juez podrá admitir las pruebas que solicite tu abogado defensor.