Que pasa si triplico la tasa de alcohol

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By jfelipec

Triplicar la tasa de alcoho permitida en España

Como sabes hasta 0,25 mg/l en aire espirado es una tasa de alcoholemia tolerable. Ni te van a multar ni te van a imputar un delito penal.

A partir de 0,25 y hasta 0,60 se trata de una multa administrativa con retirada de puntos del carnet.

Y a partir de 0,60 estamos ante un delito de alcoholemia.

Triplicar la tasa de alcohol permitida significa dar 0,75 mg/l en aire espirado, es decir, 3 veces el máximo permitido (0,25 x 3).

¿Qué pasa entonces?

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Accidente con positivo en alcohol

Antes de nada debemos precisar una cosa importante.

No es lo mismo dar positivo en un control de alcoholemia, que dar positivo en alcohol como consecuencia de un accidente.

Te explico la diferencia.

Cuando hay un accidente la Fiscalía General del Estado imputa un delito a partir de una tasa de 0,40 mg/l en aire espirado, aunque la ley diga que se necesitan 0,60 mg/l en aire espirado.

Por tanto, si tienes un accidente, y no superas los 0,60 pero rebasas la tasa de 0,40, no será una multa, será un delito.

JR Abogados en la Cadena Cope - alcoholemias

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Cuanta más tasa de alcohol tengas, más pena te puede pedir el fiscal.

Precisamente porque considera que has producido un riesgo muy grande al ponerte al mando de un vehículo.

Los fiscales tratan con más benevolencia a los conductores con una tasa poco elevada.

Pero si añadimos lesionados, daños materiales importantes o fallecidos, la pena puede ser bastante dura y dar con tus huesos en la cárcel.

 

PENAS-POR-ALCOHOLEMIA

Triplica la tasa de alcohol con reincidencia

Si triplicas la tasa de alcohol y, además, eres reincidente en el delito de alcoholemia todo se complica.

La reincidencia supondrá que el fiscal te impondrá las penas en su mitad superior.

Te lo voy a explicar.

La persona que comete este delito por primera vez y no tiene una tasa muy alta, suele salir del juzgado con una retirada del carnet de 8 meses (aplicada la conformidad) y una multa.

Los reincidentes, como mínimo tienen una petición de retirada de 2 años y 6 meses (sin aplicar la conformidad).

Pero lo peor puede ser que el vez de una multa, el fiscal pida entrada en prisión.

Juicio de alcoholemia triplicando la tasa de alcohol

El juicio rápido por alcoholemia se celetra en un juzgado de instrucción que se encuentre de guardia.

Necesitas un abogado, si no lo tienes el juzgado designará uno de oficio.

El abogado de oficio, si superas los ingresos establecidos en el IPREM, te cobrará sus honorarios.

No puedes cambar el abogado de oficio si no te gusta.

Tu abogado (de oficio o particular) examinará el atestado policial y entrará al despacho del fiscal a negociar una pena reducida para ti, siempre que reconozcas los hechos.

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Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Hay que ser muy cuidadoso al leer el atestado puesto que, muchas veces, la policía o la guardia civil cometen errores.

El más común es hacer la lectura de derechos DESPUÉS de haber hecho la prueba. Debe ser al revés y esa prueba es nula de pleno derecho.

Por eso no hay que aventurarse a reconocer los hechos sin más, pues puedes salir absuelto si cuentas con un buen abogado penalista.

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Si no reconoces los hechos, el fiscal presentará escrito de acusación y tu abogado, bien oralmente en el acto, bien en el plazo de cinco días, presentará escrito de defensa.

En ese acto, el juzgado de instrucción señalará una fecha y una ora para un juicio en otro juzgado, un juzgado penal.

A ese juzgado, se presentarán los testigos solicitados por el fiscal, suelen ser los policias y también el juez podrá admitir las pruebas que solicite tu abogado defensor.

Si en ese juicio sales condado, podrás recurrir la sentencia en apelación ante la audiencia provincial.

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