Delito de alcoholemia 0,60

Delito alcoholemia

By jfelipec

Tasa de alcohol superior a 0,60mg/l en aire espirado

Superar los 0,25 mg/l en aire espirado supone una multa administrativa.

No obstante, superar los 0,60 mg/l en aire espirado, supone un delito de alcoholemia.

Es decir, van a mandarte directo a un juzgado penal para que te condene por un delito del artículo 379.2 del Código Penal.

Pero eso no es todo, si has tenido un accidente y superas los 0,40 mg/l en aire espirado, también te mandarán al juzgado, aunque no superes los 0,60.

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¿Puedo entrar a prisión?

Te vamos a mostrar abajo un escrito de acusación de un fiscal de plaza de Castilla donde pide pena de prisión a uno de nuestros clientes por un delito de alcoholemia, donde no hay reincidencia ni hay accidente de circulación, siemplemente una tasa de alcohol.

Por si tienes curiosidad, nuestro cliente no entró a prisión.

 

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Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Juicio Rápido por Alcoholemia

Al juzgado pueden enviarte directamente para celebrar un juicio rápido por alcoholemia.

Si has causado daños, lesiones o fallecidos, abrirán diligencias previas y te citarán para una primera declaración con el juez.

Esto es así, porque hay que peritar los daños y/o las lesiones causadas.

Si estás en Madrid y cometes el delito en el centro, se pasarán con los juzgados de Plaza de Castilla.

Si te han citado los policias o la Guardia Civil, tendrás en la citación un juzgado “B”, “C” o “D”. Eso significa que no sabrás que juez te toca hasta el mismo día.

Si estás fuera de Madrid, sabrás de antemano qué juzgado te toca.

Este dato es muy importante para tu abogado.

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JR Abogados en la COPE

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El atestado policial

El atestado policial es muy importante para tu abogado. 

Es muy importante para saber la estrategia de defensa a utilizar y las posibilidades de éxito.

Se deben tener en cuenta datos como: sintomatología, verificación del etilómetro, acta de información de derechos, etc…

La pena por alcoholemia

Si eres condenado, lamentablemente, te vas a quedar sin carnet por un tiempo.

El delito tiene una pena doble. Te lo explico.

Por un lado, el juez puede dejarte sin carnet de 1 a 4 años. Es decir, lo minimo que te puede caer es 1 año sin carnet (luego te detallo).

Pero, por otro lado, ADEMÁS de quitarte el carnet, te van a poner una de estas 3 penas:

  1. Multa de 6 a 12 meses.
  2. Prisión de 3 a 6 meses.
  3. Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Lo más habitual es la pena de multa, pero, si eres reincidente o has sufrido un accidente, no descartes la prisión.

La conformidad

Si tu abogado, una vez visto el atestado te aconseja el mal menor, le tienes que hacer caso.

Esto significará reconocer los hechos y negociar con el fiscal una condena mínima.

Es decir, que, si te piden 1 año de retirada del carnet, se te quedará en 8 meses, es decir, te ahorras 4 meses sin poder conducir.

Si te ponen una multa de 6 meses, serán 4 meses, otro tercio de “ahorro”.

Esto se llama conformidad, y en la fase de instrucción, se encuentra premiada.

Si pasas a la fase penal, no habrá reducción de un tercio de condena.

No tienes carnet, no puedes trabajar

Todo el mundo sabe lo importante que es un automóvil en estos días, sobre todo si eres un profesional: camionero, taxita, repartidor, comercial, técnico de mantenimiento, etc…

Y todo el mundo tiene problemas si le quitan el carnet y no puede conducir, es decir, le echarán del trabajo, no podrá llevar a los niños al colegio, problemas familiares, de salud, etc…

Toda esa problemática ya la saben los jueces y los fiscales. Han oído de todo y, les da igual.

Si todos somos adultos, todo el mundo sabe que no se puede conducir si se ha bebido.

La mayoría de las excusas no valen para nada: es la primera vez que bebo, mi casa estaba al lado, tomo medicamentos, etc…

Créeme, todo eso da igual.

Y ni que decir tiene que si te niegas a soplar, las consecuencias serán aún peor, pues te “comerás” dos delitos, uno por no soplar (artículo 383 CP) y otro por la alcoholemia (artículo 379.2 CP). Te caerán 4 meses de prisión, una multa y, como mínimo 16 meses sin carnet. De ahí, para arriba.

 

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Abogado de oficio o abogado particular

Si ganas más de 1.000 € no tendrás derecho a abogado de oficio, y si te lo dán, te pasará sus honorarios una vez te pidan toda la documentación.

Si te dan un letrado de oficio, evidentemente, no podrás elegirlo. Se presentará unos minutos antes en el juzgado pues seguramente tenga que atender a otros casos. 

Si contratas un abogado privado, debes asegurarte de que sea un abogado especialista en delitos por alcoholemia.

 

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Resumen
legal
Tipo de servicio
legal
Nombre del proveedor
JR Abogados,
calle Velazquez 27,Madrid,Madrid-28001,
Telephone No.911289985
Area
penal
Descripción
Abogado penalista especializado en juicios rapidos por alcoholemia en el juzgado de instrucción. Delitos contra la seguridad vial. Retirada del permiso de circulación.
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