Penas por alcoholemia reincidente

Penas por alcoholemia con reincidencia

Dicen del delito de alcoholemia que es el más democrático que existe, pues le puede pasar a cualquiera, dando igual la condición social, la religión, el sexo o la ideología del conductor.

Uno puede llegar a pensar que no le va a pasar nada, que siempre te quitan el carnet 8 meses y siempre te ponen una multa. Que nunca se entra a prisión salvo que mates a alguien (homicidio imprudente)

Pues nada más lejos de la realidad.

Escrito de acusación sin reincidencia con penas de prisión

Hemos querido mostrarte un escrito de acusación que se presentó por un fiscal de los Juzgados de Plaza de Castilla a uno de nuestros clientes.

Datos a tener en cuenta del conductor:

  1. Es su primer delito, por tanto, no es reincidente, no tiene antecedentes penales.
  2. No hubo ningún accidente, por tanto, ni daños materiales, ni lesionados ni fallecidos.

Aún así, el fiscal, pidió prisión, simplemente por la tasa de alcohol.

Si eres reincidente, debes saber que el fiscal jamás va a pedirte 1 año de retirada del carnet que se quedará en 8 meses si reconoces los hechos (conformidad).

¿Qué pide entonces? El fiscal está obligado a aplicar la pena en su mitad superior ¿Qué es esto? Que te va a pedir solo por la retirada, como mínimo 2 años y 6 meses.

Pero quizá, eso no sea lo peor, pues, como habrás comprobado, algunos fiscales piden prisión, simplemente si ven una tasa de alcohol elevada, por tanto, no es de extrañar, que la pidan también en una reincidencia.

JR Abogados en Cadena Cope

Lo que dicen los clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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¿Puedo entrar a prisión?

Tu abogado, si el fiscal pide prisión, debe pedir la suspensión de la misma, es decir, que no entres.

Y el Juez, decidirá si te la condende o no, una vez se pronuncie el fiscal sobre la misma.

Debes saber que la reincidencia significa para los fiscales y para los jueces, que “no has tenido suficiente” con la anterior condena y pueden apretar un poco y pedir algo más “contundente”.

Como solo tienen tres opciones, te lo pondré fácil. La pena de multa, no surtió efecto, los trabajos en beneficio de la comunidad no les gustan pues supone tener que llevar un control y por tanto, solo queda una, la cárcel de 3 a 6 meses.

Dicen las “malas lenguas” que nadie entra en prisión si no le condenan a más de 2 años. Eso, sencillamente no es cierto, pues el artículo 80 del Código Penal dice que el juez “podrá” suspender la entrada en prisión.

Por tanto es una facultad discrecional del juez y te puedo asegurar que hay muchos conductores en prisión con condenas de 3 a 6 meses.

¿Abogado particular?

Como sabrás, el delito de alcoholemia significa que no puedes ir solo al juzgado, necesitas un abogado.

Ya te lo preguntaron los policías en su momento, pero la mayoría de la gente no conoce a ningún abogado.

Tienes dos opciones, contratar uno o bien que el juzgado te designe uno de oficio.

Si contratas un abogado, será importante que sea especialista en delitos contra la seguridad vial, alquien que esté cansado de ver siempre lo mismo, que se las sepa todas, que pueda defender tus intereses con todas las garantías, que tenga años de experiencia y que te de confianza.

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