En este delito las penas de prisión aumentan hasta el año de cárcel mientras que si “solo” das positivo, serán de hasta 6 meses de cárcel.
Pero eso no es todo, si te niegas, la policía te hará bajar del coche para comprobar tus síntomas y lo reflejarán en el atestado policial.
Si los síntomas son, por ejemplo, habla pastosa, cara enrojecida, andar deambulante, halitosis, repetición de frases… esa por si sola será la prueba que te puede condenar en el juicio por alcoholemia.
Por tanto te pueden imputar 2 delitos, uno por negarte a soplar y otro por conducir bajo los efectos del alcohol.
La tasa de alcohol en aire espirado
Te van a hacer soplar dos o tres veces.
Quizá la primera sea con un etilómetro de aproximación, pero la segunda y la tercera no.
Deben pasar 10 minutos entre que soplas la primera y la segunda vez.
El límite legal es 0,60 mg/l en aire espirado.
Si superas esa tasa de alcohol te imputarán un delito contra la seguridad vial del artículo 379.2 CP
Sin no lo superas, pero das más de 0,40 mg/l en aire espirado también lo harán.
¿Por qué? Legalmente si superas los 0,60 conduces bajo la influencia del alcohol, pero si das por debajo de esa cantidad y superas los 0,40, puedes estar “influenciado” por el alcohol y tendrás que demostrar en el juicio que no lo estabas.
Las pruebas que pueden condenarte
En un juicio por alcoholemia dos son las pruebas fundamentales que pueden condenarte.
El ticket del etilómetro con tu tasa de alcohol superando el límite legal.
La sintomatología que los agentes pongan en el atestado.
Ten en cuenta que no hacen falta que se den las dos, con una bastará para que el Juez te condene.
El atestado policial
El atestado policial servirá al Fiscal para formular su escrito de acusación contra ti.
Es de vital importancia que tu abogado lo examine pues en él estará seguramente tu absolución o tu condena.
Ese atestado en los juzgados de Plaza de Castilla de Madrid no lo proporcionan hasta el mismo día del jucio (no pasa lo mismo en otros juzgados de la capital madrileña).
Una vez que tu letrado lo examine podrá valorar la estrategia a seguir y optar por luchar una absolución o bien negociar una rebaja de condena con el Fiscal.
La conformidad
La ley “premia” a los conductores que reconocen los hechos, es decir, que admiten que conducían habiendo bebido alcohol, con una rebaja en su condena de un tercio.
Esa negociación la tiene que llevar tu abogado directamente con el Fiscal.
Se reunirá con él y éste le dirá lo que pide de pena para ti.
Se negociarán los términos de la condena en función de las circunstancias del caso, si hubo un accidente o fue un control de alcoholemia, si tienes hijos, si eras o no reincidente, de la tasa de alcohol que diste…
Una vez salga de la reunión tu abogado hablará contigo para exponerte la situación y ver qué decisión tomar.
Tu abogado debe asesorarte pero la decisión final la tienes que tomar tu.