Siempre que no se sobrepasen unas determinadas tasas, la ley permite conducir aún después de haber ingerido alcohol.
Dependiendo de esa tasa, nos encontraremos ante una multa o sanción administrativa, que puede ir unida a una retirada de puntos, o bien ante un posible delito contra la seguridad penal penado con prisión.
La misma policía nos citará para un juicio rápido en los Juzgados de Colmenar Viejo, o bien nos llegará una carta con la citación donde vendrá la fecha y hora.
Un conductor que no supere los dos años al volante o un profesional (camioneros pe) tendrán la correspondiente multa y retirada del puntos si sobrepasan los 0,15 mg/l de alcohol en aire espirado.
Si no estás dentro de ese grupo, y tienes más de 2 años de experiencia al volante, la tasa se encuentra en los 0.25 mg/l litro de alcohol en sangre espirado.
Hasta aquí, el único problema será pagar una multa que irá de los 500 € a los 1.000 €, pero, si pasamos esos límites todo se complica, y pasamos de la sanción administrativa al delito penal.
El art. 379.2 del Código Penal establece que si superamos una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, cometemos un delito. Aquí, da igual, si el alcohol ha influido negativamente en tu manera de conducir o no, si superas los 0,60 miligramos por litro en aire expirado se considera una situación de riesgo.
No obstante, habrá que tener en cuenta los márgenes de error de los etilómetros, entre los que se encuentran los siguientes:
- Drager Alcotest 7410
- Drager Alcotest 6810 (el que nos ofrece un ticket de resultado)
- Alert J5
Con estos 3 alcoholímetros, llamados etilómetros de aproximación o digitales, lo que hay contra nosotros son indicios (que no pruebas).
Ahora bien, otros, como:
- Drager Alcotest 7110
- Evidential Analyzer
Son los etilómetros de precisión o evidencia, y éstos, sí que suponen una prueba de cargo contra nosotros.
Todos han de cumplir con los requisitos de la Orden Ministerial 3706/2006 de 22 de Noviembre y TODOS tienen unos márgenes de error que van desde el 5% al 7,5%.
Si el resultado de tu prueba de alcoholemia es inferior a 0,60 miligramos por litro en aire expirado, los policías, en su informe/atestado pueden considerar que conducías bajo la influencia del alcohol, y también te pueden condenar penalmente. Por eso es importante conocer de antemano el atestado policial.