El castigo por conducir bajo los efectos del alcohol es el siguiente según el 379.1 del Código Penal:
“prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 y uno a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.”
Por tanto tenemos 3 factores que analizar si eres condenado por un delito de alcoholemia:
PRIMERO. Tienes prohibido conducir cualquier vehículo a motor de 1 a 4 años. El tiempo sin conducir va a depender de la tasa que diste, si eres reincidente y el riesgo que se produjo. Lo peor siempre es cuando hay accidente con heridos o fallecidos.
SEGUNDO. El Fiscal, además de pedir la retirada del permiso, también puede pedir una pena de prisión de 3 a 6 meses.
TERCERO. Si no pide prisión te solicitará una multa de 6 a 12 meses o, en su caso trabajos a la comunidad por un periodo comprendido entre 31 días y 90 días. (por ejemplo barrer una Iglesia)
Las multas se calculan por días y la cuota diaria se calcula según los ingresos que tengas. Si te ponen una multa de 3 meses, cada mes tiene treinta días, 30 días x 3 meses, supone una multa de 90 días.
¿Cuánto habrá que pagar cada día?
- Si no tienes trabajo y tienes un buen abogado penalista la multa por día te la pueden dejar en 4 euros/día. 4 euros/día por 90 días de multa tendrás que pagar 360 euros.
- Si eres empleado y te imponen una cuota diaria de 8 euros/día. 8 euros/día por 90 días de multa deberás pagar 720 euros.
El carnet se pierde si te retiran el permiso por más de dos años
Si el Juez le retira el carnet por más de 2 años, perderás el permiso, según el artículo 47 del Código Penal.
Eso no significa que tengas que volver a sacártelo, sino que que tienes que superar un curso de recuperación total de puntos en un centro autorizado al efecto, luego te darán un certificado donde se acreditará que has terminado el curso aprovechamiento y se lo notificará al Registro Central de Infractores de la DGT.
Una vez termines el curso deberás hacer una prueba teórica en una Jefatura de Tráfico donde se acreditará que el curso te ha servido de algo, es decir, que lo has aprovechado y no has estado por estar.