Tanto el fiscal como el juez tendrán en cuenta el nivel de alcohol en la prueba de alcoholemia.
Como sabes, a partir de 0,25 mg/l en aire espirado no se puede conducir.
No obstante, el código penal castiga con delito las tasas de alcohol que superen los 0,60 mg/l en aire espirado (aunque si tienes un accidente, a partir de 0,40 mg/l te imputarán un delito de alcoholemia y te enviarán al juzgado de guardia.
Así las cosas, no es lo mismo dar una tasa en el etilómetro de 0,65 mg/l que dar 0,81 mg/l.
Se suele castigar con más dureza a los conductores que dan una tasa de alcohol más elevada.
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