Vehículos de movilidad personal

juicio rapido por alcoholemia

By jfelipec

Características de los VMP

Características de los VMP (vehículos de movilidad personal)

  1. Tienen una o más ruedas
  2. Solo puede conducir una sola persona
  3. Tienen un motor eléctrico
  4. Su velocidad mínima es de 6 km/h y la máxima de 25 km/h
  5. Pueden llevar un solo asiento siempre que tengan un sistema de autoequilibrio (Segway)

No estarían dentro de esta categoría los vehículos de movilidad reducida.

Tasa de alcohol

Consumir alcohol y conducir un patinete eléctrico trae problemas. O perderás dinero, o perderás el carnet, o perderás la libertad.

Si te paran los agentes de autoridad en un control de alcoholemia, estás obligado a realizar la prueba y soplar por el etilómetro.

También si es un test de drogas.

Superando la tasa de alcohol de 0,25 mg/l en aire espirado, la multa será de 500 € a 1.000 €. El patinete quedará inmovilizado.

Si te niegas a soplar, las penas puede llegar de 6 meses a 1 año de prisión y retirada del permiso de circulación de 1 a 4 años.

También podrán ponerte una multa (el juez) o bien trabajos en beneficio de la comunidad.

Seguro de responsabilidad civil

La ley, aún no está clara en este punto. Habrá que esperar a una legislación estatal/nacional.

No obstante, si se usa el patinete con fines profesionales, por ejemplo visitas turísticas, deben tener un seguro de responsabilidad civil, igual que cualquier otro vehículo.

patinete.electrico
patinete eléctrico

Pasajeros

Solo puede ir una persona en un patinete eléctrico.

Está prohibido llevar pasajeros.

La multa son 100 €.

Certificado de circulación obligatorio

La Dirección General de Tráfico para 2.021 requiere como obligatorio para los patinetes eléctricos y bicicletas eléctricas un certificado de circulación que asegure que el vehículo reune las especificaciones técnicas necesarias.

Este documento deben expedirlo las empresas que los fabrican y lo debe llevar el conductor siempre que lo conduzca. Es obligatorio, si no se lleva, podrá ser sancionado.

No obstante, la DGT anuncia que no será hasta finales de 2.022 cuando entre en vigor esta normativa.

Casco y vestimenta reflectante

El conductor de un patinete eléctrico tiene que llevar casco, igual que si conduce una bicicleta.

Si no lleva casco, la multa será de 200 € y no podrá conducir el patinete, será inmovilizado.

Si la conducción es de noche, debe llevar alumbrado, y vestimenta reflectante para que el resto de conductores, sobre todo de coches y motos, pueda verlo a lo lejos.

Si no lo hace, otros 200 €.

Uso de auriculares o teléfonos móviles

Está prohibido conducir un patinete eléctrico escuchando música con cascos o auriculares.

Es normal, debido a que genera distracciones, y eso genera un riesgo para el resto de peatones o usuarios de la vía.

Si te pillan conduciendo con cascos escuchando música, te pondrá una multa de 200 €.

Si te pillan hablando con el móvil, igual, 200 € de sanción administrativa.

Edad mínima

En Madrid, para conducir un patinete eléctrico hay que tener al menos 15 años.

Así lo dice el artículo 176 de la Ordenanza de Movilidad Urbana.

Si no tienes esa edad, te pondrán una multa de 30 € que, deberán pagar tus padres.

Prohibiciones

No se puede circular por las aceras y por zonas peatonales. La sanción en caso contrario es de 200 €.

No se puede circular por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos.

Está permitido circular por. ...

Permitido ir con patinete por el carril bici, ciclocalles y pistas de bici, así como las aceras vici, sendas vici. No se puede ir muy rápido y tendrán prioridad siempre los peatones.

Los patinetes clase B, pueden conducirse por la calzada en las zonas 30, cuya velocidad máxima es de 30 km/h.

Estacionamiento

Un patinete hay que aparcarlo en una plaza de bici o de moto, también en las bandas de estacionamiento de coches.

No se puede aparcar en una zona peatonal como una parada de autobús o de taxi.

No se puede poner una cadena antirrobo en un semáforo, banco, valla, etc..

Que se haga en paralelo junto al bordillo.

En las aceras amplias siempre que no obstaculice a los peatones o personas con discapacidad.

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