Como sabes, los agentes cuando realizan un control de alcoholemia, una vez practicada por el etilómetro, tienen la obligación de comunicar al conductor su derecho a contrastar los resultados obtenidos, sobre todo si son positivos, y superan la tasa de alcohol permitida, con unos análisis de sangre.
Mediante los etilómetros (que deben estar oficialmente autorizados y haber pasado la revisión periódica) se realiza una prueba por aire espirado que determina cuantitativamente el grado de impregnación alcohólica del conductor.
Si se superan los 0,50 gramos de alcohol por litro de sangre o los 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, o incluso sin superarlos, si los agentes ven síntomas en el conductor de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente, podrá contrastar los resultados con una segunda preuba.
El conductor, puede pedir que se contrasten los resultados con un análisis de sangre, orina u otros análogos.
Si no lo pide, los agentes tienen la obligación de ofrecérselo y el agente debe trasladarle al centro sanitario más cercano al lugar de los hechos.
Si quieres saber cómo es el protocolo, aquí lo tienes, con 14 pasos.