Los delitos relacionados con el alcohol pueden llevar consigo penas graves y van más allá de conducir en estado de embriaguez.
Algunos pueden ser vistos como delitos menores, mientras que otros son considerados delitos graves, lo que acabará acarreando antecedentes penales.
Los delitos relacionados con el alcohol pueden afectar su vida de muchas maneras. Además de perder su permiso de conducir y no poder trabajar, puede ser condenado a una fuerte multa y/o a penas de cárcel.
También, con antecedentes permanentes, es posible que no se le permita ocupar determinados puestos de trabajo o acceder a ciertas oposiciones o incluso obtener la nacionalidad española.
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El test de alcoholemia
Si bebes alcohol, éste pasa al riego sanguíneo.
Los etilómetros son aparatos que se utilizan para realizar las pruebas de alcoholemia y lo que hacen es medir cuánto alcohol llevamos en la sangre.
Esto es así porque está demostrado que con índices de alcohol en sangre, la conducción se ve seriamente afectada y puede tener consecuencias mortales.
El conductor deberá soplar, mediante una boquilla sin usar que le facilitará el policía. Soplará dos veces, la primera, lo normal es que lo haga en un etilómetro de aproximación o digital, y la segunda en uno de precisión o evidencia. El primero supone a efectos legales, si es positivo, que hay indicios de delito, el segundo es una prueba de cargo contra nuestra que desvirtúa el principio de presunción de inocencia ante el Juez. Entre prueba y prueba debe pasar al menos 10 minutos, si no es así, se ha de reflejar en el juicio para pedir la absolución del conductor, pues los jueces determinan que no se han respetado las garantías necesarias y la prueba es nula de pleno derecho.
Algunos conductores deciden no soplar, craso error pues ello supondrá que los agentes le imputarán no uno, sino dos delitos, uno por negarse a soplar y otro por conducir bajo los efectos del alcohol. Por tanto, lo recomendable es soplar, aunque se sepa que va a dar positivo.
De la misma forma, todo conductor, una vez ha soplado dos veces y ha dado positivo en ambas, puede pedir una tercera prueba de alcohol en sangre. Si dicha prueba es positiva correrá a cargo su coste del conductor.
La condena de un delito de alcoholemia
El castigo por conducir bajo los efectos del alcohol es el siguiente según el 379.1 del Código Penal:
“prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 y uno a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.”
Por tanto tenemos 3 factores que analizar si eres condenado por un delito de alcoholemia:
PRIMERO. Tienes prohibido conducir cualquier vehículo a motor de 1 a 4 años. El tiempo sin conducir va a depender de la tasa que diste, si eres reincidente y el riesgo que se produjo. Lo peor siempre es cuando hay accidente con heridos o fallecidos.
SEGUNDO. El Fiscal, además de pedir la retirada del permiso, también puede pedir una pena de prisión de 3 a 6 meses.
TERCERO. Si no pide prisión te solicitará una multa de 6 a 12 meses o, en su caso trabajos a la comunidad por un periodo comprendido entre 31 días y 90 días. (por ejemplo barrer una Iglesia)
Las multas se calculan por días y la cuota diaria se calcula según los ingresos que tengas. Si te ponen una multa de 3 meses, cada mes tiene treinta días, 30 días x 3 meses, supone una multa de 90 días.
¿Cuánto habrá que pagar cada día?
- Si no tienes trabajo y tienes un buen abogado penalista la multa por día te la pueden dejar en 4 euros/día. 4 euros/día por 90 días de multa tendrás que pagar 360 euros.
- Si eres empleado y te imponen una cuota diaria de 8 euros/día. 8 euros/día por 90 días de multa deberás pagar 720 euros.
El carnet se pierde si te retiran el permiso por más de dos años
Si el Juez le retira el carnet por más de 2 años, perderás el permiso, según el artículo 47 del Código Penal.
Eso no significa que tengas que volver a sacártelo, sino que que tienes que superar un curso de recuperación total de puntos en un centro autorizado al efecto, luego te darán un certificado donde se acreditará que has terminado el curso aprovechamiento y se lo notificará al Registro Central de Infractores de la DGT.
Una vez termines el curso deberás hacer una prueba teórica en una Jefatura de Tráfico donde se acreditará que el curso te ha servido de algo, es decir, que lo has aprovechado y no has estado por estar.
Los antecedentes penales
Si eres condenado por un delito de alcoholemia en Madrid, te van a quedar antecedentes penales, por lo que será muy importante que tu abogado penalista te los cancele para evitar ser reincidente si te vuelven a juzgar por lo mismo, pues el riesgo de entrar en prisión, en caso de ser reincidente es mucho mayor.
La Sentencia del Juzgado de Instrucción o Penal, se notifica al Registro Central de Penados y Rebeldes.
La cancelación de los antecedentes penales
Según la condena impuesta por el delito de alcoholemia debe pasar un plazo u otro para poder solicitar la cancelación de los antencedentes penales:
- Por tanto, si la condena es prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días deben pasar dos años desde que la pena se cumplió para solicitarlo.
- Si la condena es la retirada del permiso por un año 1 o menos se puede solicitar la cancelación 6 meses después de cumplida la pena.
- Si la condena es la retirada del permiso por 1 año y un día hasta 3 años se podrá solicitar la cancelación 3 años después de cumplida la pena.
- Si la condena es la retirada del permiso por 3 años a 4 años se cancelan 5años después de cumplirlo.