leyes

Articulo 19 Ley sobre trafico

Artículo 19. Refugios, isletas o dispositivos de guía. Cuando en la vía existan refugios, isletas o dispositivos de guía, se circulará por la parte de la calzada que quede a la derecha de los mismos, en el sentido de la marcha, salvo cuando estén situados ...

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Articulo 20 Ley sobre trafico

Artículo 20. Circulación en autopistas y autovías. 1. Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores, vehículos de movilidad personal y vehículos para personas de movilidad reducida. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas ...

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Articulo 21 Ley sobre trafico

Artículo 21. Límites de velocidad. 1. El conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones ...

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Articulo 22 Ley sobre trafico

Artículo 22. Distancias y velocidad exigible. 1. Salvo en caso de inminente peligro, el conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, debe cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y está obligado a advertirlo previamente y a realizarlo de forma ...

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Articulo 23 Ley sobre trafico

Artículo 23. Normas generales. 1. La preferencia de paso en las intersecciones se ajustará a la señalización que la regule. 2. En defecto de señal, el conductor está obligado a ceder el paso a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los ...

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Articulo 24 Ley sobre trafico

Artículo 24. Tramos estrechos y de gran pendiente. 1. En los tramos de la vía en los que, por su escasa anchura, sea imposible o muy difícil el paso simultáneo de dos vehículos que circulen en sentido contrario, donde no haya señalización expresa al efecto, ...

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Articulo 25 Ley sobre trafico

Artículo 25. Conductores, peatones y animales. 1. El conductor de un vehículo tiene preferencia de paso respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes: a) En los pasos para peatones, en las aceras y en las demás zonas peatonales. b) Cuando vaya a girar ...

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Articulo 26 Ley sobre trafico

Artículo 26. Cesión de paso e intersecciones. 1. El conductor de un vehículo que tenga que ceder el paso a otro no debe iniciar o continuar su marcha o su maniobra, ni reemprenderlas, hasta asegurarse de que con ello no obliga al conductor del vehículo ...

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Articulo 27 Ley sobre trafico

Artículo 27. Vehículos en servicio de urgencia. Tienen preferencia de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicio de urgencia, cuando se hallen en servicio de tal carácter, así como los equipos de mantenimiento de las instalaciones y ...

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Articulo 28 Ley sobre trafico

Artículo 28. Incorporación de vehículos a la circulación. El conductor de un vehículo parado o estacionado en una vía o procedente de las vías de acceso a la misma, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante que pretenda incorporarse a la circulación ...

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