leyes

Articulo 86 Ley sobre trafico

Artículo 86. Incoación. 1. El procedimiento sancionador se incoará de oficio por la autoridad competente que tenga noticia de los hechos que puedan constituir infracciones tipificadas en esta ley, por iniciativa propia o mediante denuncia de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia ...

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Articulo 87 Ley sobre trafico

Artículo 87. Denuncias. 1. Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de esa naturaleza. 2. En las denuncias por hechos de circulación deberá ...

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Articulo 88 Ley sobre trafico

Artículo 88. Valor probatorio de las denuncias de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas. Las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ...

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Articulo 89 Ley sobre trafico

Artículo 89. Notificación de la denuncia. 1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado. 2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias: a) Que la denuncia se formule en circunstancias en ...

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Articulo 90 Ley sobre trafico

Artículo 90. Práctica de la notificación de las denuncias. 1. Las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico notificarán las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial ...

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Articulo 91 Ley sobre trafico

Artículo 91. Notificaciones en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Las notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, ...

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Articulo 92 Ley sobre trafico

Artículo 92. Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA). 1. Con carácter previo y facultativo, las notificaciones a que se refiere el artículo anterior podrán practicarse también en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que será gestionado por el organismo autónomo Jefatura Central ...

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Articulo 93 Ley sobre trafico

Artículo 93. Clases de procedimientos sancionadores. 1. Notificada la denuncia, ya sea en el acto o en un momento posterior, el denunciado dispondrá de un plazo de veinte días naturales para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular ...

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Articulo 94 Ley sobre trafico

Artículo 94. Procedimiento sancionador abreviado. Una vez realizado el pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación, concluirá el procedimiento sancionador ...

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Articulo 95 Ley sobre trafico

Artículo 95. Procedimiento sancionador ordinario. 1. Notificada la denuncia, el interesado dispondrá de un plazo de veinte días naturales para formular las alegaciones que tenga por conveniente y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas. 2. Si las alegaciones formuladas aportan datos nuevos o ...

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