Que te imputen un delito penal por superar los 0,60 mg/ o incluso menos siempre que tengas un accidente de tráfico.
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Preguntas que tienes que hacerte en caso de haber dado una tasa de alcohol que suponga ir a un juzgado penal:
¿Me van a quitar el carnet?
Si me quitan el carnet ¿por cuánto tiempo?
¿Tengo posibilidades de ir a prisión?
¿Soy reincidente? Es decir, ¿me han condenado con anterioridad por un delito contra la seguridad vial?
¿Necesito un abogado?
¿Cuándo me van llamar?
¿Puedo seguir conduciendo hasta que se celebre el juicio?
¿Tengo posibilidades de salir absuelto y, por tanto, de que no me retiren el carnet de conducir?
¿Tengo que avisar a mi seguro?
Si he tenido un accidente ¿el seguro no me pagará nada?
Es muy habitual que te surgan esas dudas y muchas otras.
Las personas, cuando tienen un incidente con el coche relacionado con un delito contra la seguridad vial, se suelen poner muy nerviosas y angustiadas, sobre todo, si no les ha pasado nunca, si son buenos/as conductores y jamás han estado en un juzgado penal.
Como sabes, todos los delitos contra la seguridad vial están castigados con penas de prisión, por eso, se hace muy recomendable contar con una buena defensa penal.
JR Abogados en Cadena Cope
Ver en la noticias como un conductor ebrio o drogado ha segado la vida de una o varias personas es algo muy duro.
Los jueces y los fiscales también ven la televisión, y son sensibles a esos homicidios que, aunque imprudentes, son delitos que acaban con familias enteras.
Por eso, por el alboroto social y el rechazo que producen estas conductas, las penas en los juzgados cada vez son más elevadas y más duras.
Es más, ni tan siquiera es necesario tener un accidente de tráfico o ser reincidente para que el fiscal solicite una pena de prisión para el conductor. Vamos a poner un ejemplo real aquí abajo:
Las pruebas de cargo que vas a tener en toda alcoholemia, por lo general son las siguientes. 1. Los tickets de etilómetro.
2. La diligencia de síntomas de la policía.
3. Testigos
Si solo cometes un delito de alcoholemia, el tiempo máximo que podrán quitarte el permiso de circulación son 4 años.
Pero si te niegas a soplar, te imputarán otro delito por negativa a someterte a la prueba de alcohol, y podrán quitarte el carnet otros 4 años más como máximo.
Como mínimo, te lo quitarian, con los dos delitos, 2 años (si no te declaras culpable).
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Si te declaras culpable, te van a quitar el carnet el mismo día del juicio rápido.
Si te llaman a una declaración, ese día no te quedas sin carnet.
¿Cuándo te lo devuelven? Cuando cumplas la pena, para ello, te mandarán un escrito llamado “liquidación de condena” donde aparecen dos fechas, la primera, el día que te quitan el carnet, y la segunda, el día que te lo devuelven.
Ojo, el carnet no te lo devuelve un juzgado de instrucción sino un juzgado penal (no es lo mismo).
Siempre recibirás una carta de la Dirección General de Tráfico obligándote a realizar un curso de sensibilización.
Se hace los fines de semana y tiene un coste de 400 a 600 €.
Si no lo haces y te paran después de devolverte el carnet, el policía comprobará si lo hiciste, y si no es así, te multará con 200 €.