Articulo 40 Ley sobre trafico
Artículo 40. Prohibiciones. 1. Queda prohibido parar en los siguientes casos: a) En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles. b) En los pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones. c) En los ...
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